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Fuente: www.australvaldivia.cl/ (05/06/05)

Una denuncia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos interpondrá el abogado Vladimir Riesco, en representación del movimiento Acción por los Cisnes.
Presentan denuncia internacional

Ante el fallo de la Corte Suprema de no paralizar la planta Valdivia de Celulosa Arauco, el abogado del movimiento ciudadano Acción por los Cisnes, Vladimir Riesco, confirmó ayer que van a efectuar una denuncia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, invocando el Pacto de San José de Costa Rica.

Riesco señaló que "el fallo incurre en una serie de errores y vulnera la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley" y recordó que esto se produce "a causa de que la resolución del tribunal máximo revoca un fallo tan claro como fue el emitido por la Corte de Apelaciones de Valdivia".

Agregó que el movimiento que representa entregó a la Corte Suprema "más antecedentes de los que existían en primera instancia y aún así el fallo se basó en antecedentes inexistentes y absolutamente débiles".

"Por lo tanto, se está infringiendo la igualdad ante la justicia de todos los valdivianos. Por eso, nosotros queremos invocar a la comisión interamericana", precisó.

Además, comentó que para determinar las causas de "por qué hubo falta de acuciosidad en la elaboración del fallo, se debe primero estudiar las instancias administrativas, al interior del poder judicial".

Pacto de San José

La Convención Americana de Derechos Humanos fue suscrita por Chile el 22 de noviembre de 1969 en San José de Costa Rica, pero pasaron más de dos décadas hasta su ratificación por nuestro país el 21 de agosto de 1990.

También conocida como Pacto de San José, fue promulgada por Decreto Supremo Nø 873 del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 23 de agosto de 1990, y publicada en el Diario Oficial el 5 de enero de 1991.

El Pacto señala los deberes y derechos de los estados suscritos, entre los cuales están la obligación de respetar los derechos personales, sin discriminaciones de ningún tipo; el derecho al reconocimiento de la personalidad jurídica; el derecho a la vida; el derecho a la integridad personal; el derecho a las garantías judiciales; y la libertad de asociación, entre otras.