Conflictos ambientales en Perú
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Fuente: FEDEPAZ, 8 de diciembre de 2006

La Defensoría del Pueblo del Perú confirma:
Minera Majaz NO CUMPLIÓ con requisitos legales para iniciar sus operaciones

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La Fundación Ecuménica para el Desarrollo y al Paz - FEDEPAZ, entidad que conforma la RED MUQUI, ha sido informada, a su solicitud, del Informe que emitiera la Adjuntía para los Servicios Públicos y el Medio Ambiente de la Defensoría del Pueblo con fecha 14 de noviembre del 2006, respecto de una queja que tramitara el Frente por el Desarrollo Sostenible de la Frontera Norte del Perú, respecto de la aprobación que el Ministerio de Energía y Minas (MEM) realizó, de la Evaluación Ambiental (EA) del Proyecto Río Blanco conducido por la empresa Minera Majaz.

El Informe realizado por la Defensoría del Pueblo, que mediante oficio fue alcanzado al MEM el pasado 20 de noviembre, confirma "(…)que el MEM –a pesar de existir un mandato legal expreso- no cumplió con exigir a la empresa acreditar la existencia de una autorización de los propietarios del terreno superficial, ni verificó las formalidades legales que deben cumplir las autorizaciones" . En ese sentido, añade, "(…)queda claro que era obligación del Ministerio verificar el cumplimiento de este requisito legal para garantizar el derecho de propiedad de las Comunidades Campesinas propietarias de los terrenos superficiales donde se realizarían las actividades de exploración minera".

Entre sus recomendaciones, insta al MEM a "(…)iniciar las medidas correctivas y de responsabilidad inmediatas, a fin de prevenir un conflicto violento, subsanando los vicios y cumplir con el deber de garantizar los derechos constitucionales de propiedad, participación ciudadana, buena administració n pública y a vivir en un ambiente sano de las Comunidades Campesinas involucradas (…)".

En su Oficio de remisión del citado informe al MEM, la Defensoría solicita también, "(…)disponer en lo sucesivo la verificación escrupulosa de este requisito, incluyendo la solicitud de ampliación de exploración presentada por la empresa Minera Majaz, actualmente en proceso de evaluación".

En las conclusiones de su informe la Defensoría también responde a la empresa Minera Majaz, que había indicado al MEM, que contaba con un permiso que había sido c once dido a la empresa Minera Coripacha S.A. en el año 1997. Señala al respecto que "legalmente constituyen dos personas jurídicas distintas y, por tanto, se requería una Cesión de Posición Contractual aceptada por la Comunidad de Segunda y Cajas para transferir los permisos a Minera Majaz (…)".

En consecuencia, el Informe de la Defensoría del Pueblo confirma las denuncias presentadas por las Comunidades Campesinas de Segunda y Cajas (Huancabamba) y Yanta (Ayabaca), sobre la ilegal presencia de Minera Majaz en sus tierras.

Esperamos que el MEM, tome en cuenta las recomendaciones que la Defensoría del Pueblo ha realizado sobre el caso de la Minera Majaz, a fin de lograr una pronta solución pacífica al conflicto.

El Caso Majaz constituye un precedente importante que debe llevar a que el MEM revise y proponga las modificaciones pertinentes de la normatividad vigente sobre actividades mineras y medio ambiente, a fin de evitar nuevos conflictos y lograr un manejo responsable de esta actividad en el país.

Lima, 07 de diciembre del 2006

Con el ruego de su difusión

FUNDACION ECUMENICA PARA EL DESARROLLO Y LA PAZ - FEDEPAZ

Para mayor información comunicarse:

- Javier Jahncke : 4214747 - 96455623