El 1 de Junio el Ministerio de Minería abrió una licitación para exploración y explotación Geotérmica en 20 sectores de todo Chile.
Uno de los sectores es el área Sollipulli, que abarca las comunas de Cunco, Melipeuco y Curarrehue, con una superficie de 48.000 hectáreas, de la cual un 40% corresponde a la Reserva Nacional Villarrica.
Las comunidades de Melipeuco, y los habitantes de los sectores afectados, estamos ya aburridos de que se siga especulando con nuestro territorio. Dentro del àrea licitada hay 15 Comunidades Mapuche, solo en el sector de Melipeuco. La ley de geotermia deja en total desprotección a los habitantes, dandole facultades a las empresas para expropiar, hacer caminos, tendidos electricos, o lo que necesiten para la producción industrial de energía.
Todo esto mientras esperamos la implementación del Convenio 169 de la OIT, que debería garantizar a los pueblos indígenas el derecho a participar, y decidir en el manejo de sus territorios. Sin embargo en este caso, al igual que durante siglos de historia, el gobierno ha negado a la gente que aquí vive, sin siquiera el derecho a la información ni menos participación sobre lo que ocurre en los territorios que habita.
Por esto, organizados a través del Consejo Comunitario de Melipeuco, nos hemos opuesto a la presente licitación.
Se adjunta el documento de oposición de las Comunidades de Melipeuco ante la licitación Geotérmica Sollipulli. En el encontraran más detalles de la situación, y argumentos legales, socio culturales, y relacionados al ámbito del turismo.
Melipeuco, 15
de Julio del 2009.
Oposición
Licitación de Concesión de Exploración Geotérmica.
Sector
Sollipulli
Comuna de Melipeuco,
Provincia de Cautín
IX Región de
la Araucanía
CONSEJO COMUNITARIO
DE MELIPEUCO
Índice
|
Pág. |
- Identificación
de los reclamantes………………………………………….
|
3 |
II)
Presentación de la oposición…………………………………… |
4 |
- Presentación del
problema………………………………………………….
|
4 |
III)
Presentación de los antecedentes…………………………………………… |
5 |
- Antecedentes Legales………………………………………………………
|
5 |
- Ley sobre Concesiones
de Energía Geotérmica…………………………
|
5 |
- Reglamento para
la aplicación de la Ley sobre Concesiones de Energía Geotérmica………………………………………………………………
|
8 |
- Convenio Nº 169
OIT sobre Pueblos Indígenas y tribales. ……………...
|
9 |
- Ley indígena Nº
19.253. CONADI………………………………………
|
12 |
- Antecedentes
Sociales: Las Comunidades Mapuche………………………..
|
13 |
- Aspectos relevantes
de la cultura Mapuche ……………………………….
|
16 |
|
|
- Antecedentes
referentes a la calidad Paisajística……………………………
|
28 |
VI)
Antecedentes sobre el sector Turismo………………………………………
|
29 |
- Conclusiones…………………………………………………………………..
|
33 |
Anexos |
|
- Anexo N1: Títulos
de Merced de las Comunidades acreditando su propiedad dentro del area
licitada.
|
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- Anexo Nº2: Iniciativas
que están dentro del área solicitada para la exploración geotérmica.
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- Anexo Nº3: Cartas
de oposición de Empresarios y emprendimientos turisticos del sector.
|
|
- Identificación de los reclamantes:
Son
parte de la siguiente oposición a la Licitación Sollipulli, con fecha
15 de Julio del 2009, los siguientes reclamantes, quienes presentan
su oposición y adjuntan sus títulos de propiedad o de derechos de
agua, según lo establecido por ley:
Nº |
Comunidad |
Nombre |
Sector |
Documento que adjunta |
1 |
Juan Caniulaf |
Orfelina Regina Pichunlaf
Cariman |
Huallerupe |
-Copia Título de Propiedad
-Copia CI |
2 |
Juan Meli |
Desiderio Antonio Melillán
Cayumán |
El Membrillo |
-Copia Título de Propiedad
-Copia Derechos de Agua
-Copia CI |
3 |
Juan Meli |
José Segundo Relmucao
Porma |
El Membrillo Alto |
-Copia Título de Propiedad
-Copia CI |
4 |
Juan Meli |
Isabel Relmucao Porma |
Km 1 camino a Icalma |
-Copia Título de Propiedad
-Copia CI |
5 |
Juan Caniulaf |
Benito Caniu Burgos |
Huallerupe |
-Copia Título de Propiedad |
6 |
Juan Painetru |
Gregorio Eliseo Romero Raillan |
Sahuelhue |
-Copia Título de Propiedad
-Copia CI |
7 |
Juan Painetru |
Marta Pichuntrur Trecaman |
Sahuelhue 3 esquinas |
-Copia Título de Propiedad
-Copia CI |
8 |
Juan Painetru |
Comunidad Juan Painetru |
Sahuelhue |
-Copia Derechos de Agua |
9 |
Juan Bautista Huichapán |
Román Aroca Salinas |
Tracura |
-Copia Título de Propiedad
-Copia CI |
10 |
Juan Bautista Huichapán |
Comunidad Juan Bautista Huichapán |
Flor del Valle |
-Copia Derechos de Agua |
11 |
Francisco Ovando |
Victor Calfullan Martínez |
Sahuelhue Km9 |
-Copia Título de Propiedad
-Copia CI |
12 |
Juan Painetru |
Mateo Raillan Valenzuela |
Sahuelhue |
-Copia Título de Propiedad
-Copia CI |
13 |
Juan Painetru |
Domingo Segundo Traipe Raillan |
Sahuelhue |
-Copia Título de Propiedad
-Copia CI |
14 |
Mauricio Montiel |
Mauricio Segundo Montiel Huenchumán |
Huallerupe |
-Copia Título de Propiedad
-Copia CI |
15 |
Esteban Traipe |
Marcelino Romero Lepin |
Tracura |
-Copia mapa título de Merced
-Copia CI |
16 |
EstebanTrecaman |
Comunidad Esteban Trecaman |
Sahuelhue |
-Copia Derechos de Agua.
- Copia CI Presidenta |
II.- Presentación
de la oposición.
- Presentación
del problema.
El
1 de Junio del presente año el Ministerio de Minería abrió una licitación
pública para concesiones de exploración de energía geotérmica, en
20 lugares del país. Una de ellas es la concesión Sollipulli, ubicada
en la Provincia de Cautín, IX Región de la Araucanía.
El
área de licitación corresponde a territorios de las comunas de Cunco,
Curarrehue y Melipeuco. Abarca zonas de gran belleza natural, y escénica,
y el territorio de muchas comunidades Mapuche y familias campesinas
que habitan el sector.
Hay
que destacar que de las 48.565 hás que comprende el área licitada,
un 42,72% corresponde a zonas protegidas por el Estado, ya que comprende
20.747 hás de la Reserva Nacional Villarrica.
En
el caso de la comuna de Melipeuco, al que nos referiremos a este documento,
el territorio licitado incluye territorios indígenas correspondientes
a las comunidades comprendidas en el territorio Lifko.
Mapa1:
Área licitada por el Ministerio de Minería.
El
presente documento busca indagar en las consecuencias que la licitación,
exploración, y explotación de estas Concesiones de Energía Geotérmica
pueden tener sobre los territorios y sus habitantes que viven en el
sector.
En
el presente documento entregará a las autoridades competentes
los antecedentes que fundamentan nuestra oposición a las solicitudes
antes expuestas.
Creemos
que de concretarse la licitación y efectuarse la concesione para exploración,
y explotación, se dañará de forma irreversibles una de las cualidades
más importantes de nuestra comuna: los recursos naturales, la calidad
y cantidad de las aguas, y el recurso paisajístico en que se basan
muchas de sus actividades productivas como la Agricultura Familiar Campesina
y el Turismo. Por otro lado, se daña el patrimonio natural, cultural,
y espiritual de las comunidades Mapuche de la Comuna.
III.-
Presentación de los antecedentes.
- Argumentos Legales
a) LEY SOBRE CONSECIONES
DE ENERGIA GEOTERMICA. LEY Nº 19.657 del Ministerio de Minería.
Publicada en el Diario Oficial el 7 de Enero del 2000.
- Pertinencia de
la oposición
La
presente oposición comprende a propietarios de terrenos superficiales
y de derechos de agua que se encuentran dentro de las áreas de concesión
solicitadas, por ambas empresas. En este sentido, la presente oposición
se basa en la Ley quien faculta a estos propietarios a formular las
observaciones y oposiciones pertinentes:
Art 18:
“Sin perjuicio de las acciones judiciales que pudieren corresponderles,
dentro del plazo de cuarenta y cinco días corridos, contado desde la
publicación del extracto de la solicitud o de la publicación del aviso
del llamado a licitación, los dueños de los terrenos superficiales,
los dueños de concesiones mineras o de derechos de aprovechamiento
de aguas, los titulares de derechos de exploración o de
explotación de hidrocarburos líquidos o gaseosos, o de litio,
o los titulares de derechos sobre extensiones territoriales cubiertas
por la respectiva concesión de energía geotérmica podrán, mediante
la presentación de los instrumentos y los antecedentes que acrediten
su título, formular al Ministerio de Minería las reclamaciones y las
observaciones de aquello que les cause perjuicio”.
- Sobre los propietarios
y sus derechos
Considerando
el amplio poder que la ley de Geotermia otorga a los titulares de las
concesiones de exploración y de explotación de Energía Geotérmica,
consideramos que como propietarios de terrenos dentro de esta área
solicitada, de aprobarse la solicitud, no tendríamos las garantías
mínimas que aseguren el derecho de vivir y decidir en nuestras propiedades.
El Art 26 de la Ley de Geotermia establece:
Art 26: “Desde
la fecha de entrada en vigencia de la concesión de energía geotérmica
y con el fin de facilitar la exploración o explotación, según el
caso, los predios superficiales donde se encuentre ubicada
la extensión territorial cubierta por la concesión estarán sujetos
a las siguientes servidumbres:
1º.- La
de ser ocupados, en toda la extensión necesaria, por obras y por
instalaciones
de exploración y de explotación de energía geotérmica; por sistemas
de comunicación,
y por cañerías, construcciones y demás obras complementarias;
2º.- Las
establecidas en beneficio de las empresas concesionarias de servicios
eléctricos,
de acuerdo con la legislación respectiva, y
3º.- La
de tránsito y la de ser ocupados por caminos, ferrocarriles, cañerías,
túneles,
planos inclinados, andariveles, cintas transportadoras y todo otro sistema
que sirva
para unir la concesión con caminos públicos, estaciones de ferrocarril,
puertos,
aeródromos, establecimientos de producción comercial o industrial
de la
energía
geotérmica y centros de consumo de la misma.
Si las servidumbres
afectaren casas y sus dependencias o terrenos plantados de
vides o
árboles frutales, ellas sólo podrán ser constituidas con acuerdo
del dueño
del predio
superficial.”
Como
bien saben, la Ley da todas estas facultades a los concesionarios de
solicitudes de exploración y explotación de energía geotérmica.
Por lo tanto, como personas naturales, y comunidades Mapuche consideramos
que de aprobarse esta licitación, se dañaría de forma irreversible
el patrimonio natural de la comuna. Pero además, los propietarios con
derechos dentro del área concedida, quedaríamos indefensos ante estas
grandes empresas.
Hemos
de decir que en la gran mayoría, los propietarios de los terrenos son
sectores de gran vulnerabilidad social como pequeños campesinos, Comunidades
Indígenas, y Áreas Silvestres protegidas por el Estado (Parque Nacional
Villarrica).
- Sobre las publicaciones
de las Solicitudes.
El Artículo
13 de esta ley establece que “En el caso de tratarse de sectores
de difícil acceso, el extracto deberá
comunicarse, además, por medio de tres mensajes radiales que lleguen
al sector. Estos mensajes deberán emitirse dentro del mismo mes a que
alude el inciso primero de este artículo”
Melipeuco,
y en especial el área de la solicitud de concesión corresponde a un
territorio rural, donde no hay acceso diarios ni nacionales ni regionales,
tampoco tienen cobertura las radios nacionales ni regionales, ni menos
acceso a internet. Por esto, el único medio de comunicación existente
en la comuna son las dos radios locales: Arcángel y Mirador.
La información de las licitaciones
no ha llegado a tiempo al territorio de Melipeuco. Por un lado, por
el poco acceso a los medios de comunicación, y por otro ya que esta
no ha sido debidamente publicada a través de las radios locales.
- Sobre los derechos
de Aguas
Por
otro lado, la ley establece en el Art 27 que “El titular de la
concesión de energía geotérmica tiene, por el solo ministerio de
la ley, y en la medida necesaria para el ejercicio de la concesión,
el derecho de aprovechamiento, consuntivo y de ejercicio continuo, de
las aguas subterráneas alumbradas en los trabajos de exploración o
de explotación”.
Las
aguas superficiales, de las cuales se abastecen los sectores rurales
y urbanos de la comuna, se alimentan en gran parte de las aguas subterráneas
que nacen de las altas cumbres. Las solicitudes presentadas están ubicadas
en los sectores altos del lado sur del valle del Allipén, en el sector
de los Nevados del Sollipulli. Es ahí donde nacen importantes esteros,
que alimentan los ríos de los que los habitantes de este territorio
dependen para su subsistencia.
Es
sabido que las aguas subterráneas están conectadas con los caudales
de tipo superficial, por lo que la apropiación y explotación de estas
aguas subterráneas, en caso de otorgarse la concesión, afectaría
a una gran cantidad de usuarios del agua ubicados en la cuenca del Allipén.
Por lo tanto la cantidad y la calidad del agua de usuarios de agua no
estaría garantizada.
Debemos
decir además que buen número de usuarios de agua tienen sus derechos
inscritos. Sin embargo, por ser una comuna alejada, eminentemente rural,
campesina, y con alta proporción de población Mapuche, el acceso a
la inscripción de derechos de agua ha sido lento y difícil. Primero
por la falta de acceso a la información y asesoría técnica que estos
sectores presentan. Pero además, por que para ellos es muchas veces
imposible pagar el alto coste económico que la inscripción de derechos
de agua implica.
Por
esto, tenemos una gran cantidad de usuarios de agua de carácter informal,
los cuales representan a los sectores más vulnerables de la sociedad,
y que dependen de las aguas para su subsistencia y el desarrollo de
sus actividades económicas.
Como
Consejo Comunitario hemos solicitado los datos a la DGA sobre los derechos
de agua en la comuna. Sin embargo, no hemos podido tener aún acceso
a esta información. De concederse la prorroga, abrirse el espacio
para la participación de los habitantes del valle que representamos,
podremos recopilar más información acerca de los derechos de agua
en la comuna.
Sería
fundamental que los organismos competentes como la DGA elaboren un informe
que de cuenta de la situación de los Derechos de Agua en la Subcuenca
del Rio Allipén, ubicada en la Cuenca del Toltén.
Es
necesario además que este informe de especial atención a los derechos
constituidos por Comunidades Mapuches, y personas naturales pertenecientes
a esta etnia. Esto, ya que ellos tienen derechos especiales que resguardan
su derecho sobre los recursos naturales, como es el agua.
- REGLAMENTO PARA
LA APLICACIÓN DE LA LEY Nº 19.657, SOBRE CONCESIONES DE EXPLORACIÓN
Y EXPLOTACIÓN DE ENERGÍA GEOTÉRMICA. Santiago, 22 de Abril
del 2004.
- Sobre las publicaciones
de las Solicitudes.
Como
habíamos dicho antes, las solicitudes de concesión no fueron debidamente
publicadas en las radios locales. Lo cual va contra el derecho a la
información que tenemos los sectores rurales. Además de estar contra
la ley de Geotermias, en el punto antes expuesto, el Reglamento para
la aplicación de la ley establece en su Art 14 que las empresas deben
“acompañarse el certificado a que alude el artículo 5 del Decreto
N° 205, de julio de 2000, del Ministerio de Minería que reglamenta
las características del Registro Público, para emisiones de mensajes
radiales, en sectores de difícil acceso.”
Dado que estas
solicitudes no fueron debidamente anunciadas por las radios locales,
es bastante difícil que hayan presentado dicho certificado, de acuerdo
a la ley.
- Sobre la petición
de informes.
En
su Art.15 el Reglamento establece que el ministerio de minería podrá
pedir informes a otras autoridades y organismos públicos competentes.
En este sentido creemos que no solo es pertinente, sino que urgente
que se pronuncien los siguientes organismos:
- Dirección General
de Aguas: ya que esta licitación “pueden implicar afectar
derechos
de aguas ya constituidos o en trámite”1,
según lo establece el Reglamento.
- Corporación
Nacional Forestal (CONAF): ya que “
todo o parte de la
concesión
recaiga sobre zonas protegidas o parques nacionales”
Como hemos visto casi un 42% de la superficie licitada corresponde a
la Reserva Nacional Villarrica.
- Corporación
Nacional de Desarrollo Indígena(CONADI): “cuando todo o
parte de
la concesión recaiga sobre zonas afectas al régimen de
propiedad indígena.”De hecho, tenemos que dentro del área hay
11 Comunidades Mapuche.
Parece
realmente inverosímil que dada la realidad del área licitada se hayan
saltado todos estos procedimientos, y no se haya pedido, al menos de
forma publica, informes a las instituciones competentes.
- Sobre las causales
para denegar las concesiones.
El
reglamento en su Artículo 18
establece claramente ciertas causales, suficientes en sí para denegar
las concesiones solicitadas.
Creemos
al menos tres de estas causales se dan para el caso de las dos empresas
que solicitan las concesiones, por lo que estas deberían ser denegadas:
1.
“Que la solicitud no se encuentre dentro del
ámbito de aplicación de la Ley,
en conformidad
a lo dispuesto en el artículo 2º
de la Ley.”
La
Ley de Geotermia establece en su artículo 2º que “las disposiciones
de esta ley no se aplicarán a las aguas termales, minerales o
no minerales, que se utilicen para fines sanitarios, turísticos, o
de esparcimiento”.
En el sector
comprendido dentro de las áreas solicitadas se encuentran las Termas
de Huechelepún y Termas de Queipúe, las cuales se utilizan desde hace
muchos años para senderos de trekking, con fines turísticos y de esparcimiento.
Su estado natural y no intervenido por el hombre es en sí un atractivo
para los turistas.
Los
Campos Geotérmicos de sectores de alta actividad volcánica se encuentran
conectados por las napas subterráneas. La gran cantidad afloramientos
termales que se encuentran en la zona, dan cuenta de un sistema complejo
e interconectado de actividad geotérmica.
Por otro lado, la existencia de movimiento de las napas, y la posibilidad
de que se registren temblores podría cambiar la ubicación, cantidad,
y calidad de los caces de agua subterráneos que alimentan las termas.
6.
“Que la solicitud de energía geotérmica recaiga sobre terrenos declarados
Parques
Nacionales.”
Como
se pudo ver en el mapa referente al área licitada, gran parte de la
superficie de la misma –un 42,72% del total, equivalente a 20.747
hás- está compuesto por La Reserva Nacional Villarrica, la cual está
protegida por el sistema de áreas protegidas de la CONAF.
7.
“No cumplir con la obligación de publicación establecida en el artículo
13 de
la Ley.”
Como
se ha argumentado anteriormente, la licitación no fue debidamente informada
a través de las radios locales, única fuente de información para
los sectores rurales del territorio.
Como
vemos, existen a lo menos tres causales, las cuales son en sí suficientes
para denegar la solicitud de concesión de ambas empresas.
- CONVENIO 169
SOBRE PUEBLOS INDÍGENAS Y TRIBALES EN PAISES INDEPENDIENTES (OIT)
Este
convenio Internacional, ratificado por Chile, establece para los pueblos
indígenas, como es el pueblo Mapuche, una serie de derechos sobre su
patrimonio y territorio. Estableciendo que los gobiernos que lo suscriben:
Art 4: “Deberán adoptarse las medidas especiales que se precisen
para salvaguardar las personas, las instituciones, los bienes, el trabajo,
las culturas y el medio ambiente de los pueblos interesados”
En
este caso encontramos impacto directo de gran cantidad de comunidades
Mapuche que se encuentran dentro del área licitada. E indirecto, en
cuanto las comunidades, que se encuentran en las zonas más bajas, hacen
parte de una noción de territorio mucho más amplia. Esta noción da
cuenta del medio ambiente, del uso tradicional de los recursos naturales,
de las relaciones entre las comunidades, de las actividades productivas,
en fin, de la cultura de las comunidades de la comuna. Pero este tema
lo revisaremos luego más extensamente.
- Sobre las actividades
de Desarrollo
Este
convenio establece en su art 7.3 que “Los gobiernos deberán velar
por que siempre que haya lugar, se efectúen estudios, en cooperación
con los pueblos interesados, a fin de evaluar la incidencia social,
espiritual y cultural y sobre el medio ambiente que las actividades
de desarrollo previstas puedan tener sobre esos pueblos. Los resultados
de estos estudios deberán ser considerados como criterios fundamentales
para la ejecución de las actividades mencionadas.”
A
pesar del gran impacto que la exploración y posible explotación de
centrales geotérmicas puede tener en este territorio, ha habido escaza
información hacia los sectores rurales de la comuna. La ley establece
que se deben realizar estudios para evaluar la incidencia que actividades
de desarrollo como son las Centrales Geotérmicas pueden tener en las
comunidades Mapuche del sector. Estos estudios deberán ser considerados
antes de ejecutar las actividades de desarrollo.
Este
proceso de participación no ha llegado a las comunidades, quienes siempre
se enteran a última hora, o cuando ya es demasiado tarde. Por lo tanto
antes de empezar siquiera un proceso de licitación pública y privada,
el Estado debería realizar estos estudios, y considerarlos como criterios
fundamentales antes de iniciar un proceso como este.
En
el Artículo 7.4. se establece que “Los gobiernos deberán tomar
medidas, en cooperación con los pueblos interesados, para proteger
y preservar el medio ambiente de los territorios que habitan”.
La
cordillerana comuna de Melipeuco se caracteriza por una belleza natural
imponente. La gran superficie comunal cubierta por Aréas Protegidas
de la CONAF, así lo demuestra. La protección del medio ambiente del
territorio de estas comunidades es un derecho fundamental.
En
el art.13.1. se establece que “Al aplicar las disposiciones de
esta aparte del Convenio, los gobiernos deberán respetar la importancia
especial que para las culturas y valores espirituales de los pueblos
interesados reviste su relación con las tierras o territorios, o con
ambos, según los casos, que ocupan o utilizan de alguna otra manera,
y en particular”,
Art
13.2 “La utilización del término
“tierras” deberá incluir el concepto de territorios, lo que cubre
la totalidad del hábitat de las regiones que los pueblos interesados
ocupan o utilizan de alguna u otra manera”.
La
zona donde se ubican las concesiones solicitadas hacen claramente parte
del territorio del pueblo Mapuche. La noción de territorio es mucho
más amplia que la de propiedad privada, alude al sistema cultural de
un pueblo. Este sistema hace referencia a la cultura, a la cosmovisión,
la religiosidad, a las costumbres, a lo ciclos y actividades productivas,
etc. Hace referencia, de acurdo a este artículo, al hábitat de las
regiones en que habitan los pueblos indígenas.
Como
vemos los afectados no solo son las comunidades que están directamente
dentro de las áreas solicitadas, sino que todas las comunidades que
hacen parte de este territorio.
- Derechos sobre
los Recursos Naturales
Un aspecto
interesante es que el que presenta el:
Art 15.1
“Los derechos de los pueblos interesados a los recursos naturales
existentes en sus tierras deberán protegerse especialmente. Estos derechos
comprenden el derecho a participar en la utilización, administración,
y conservación de dichos recursos”.
15.2. En caso
de que los recursos del subsuelo pertenezcan al Estado:
“los gobiernos
deberán (…) consultar a los pueblos interesados, a fin de determinar
si los intereses de esos pueblos serían perjudicados, y en que medida,
antes de emprender o autorizar cualquier programa de prospección o
explotación de los recursos existentes en las tierras. Los pueblos
interesados deberán participar siempre que sea posible en los beneficios
que reporten tales actividades”
Como
vemos, este convenio internacional, ratificado por Chile recientemente,
establece la protección de los derechos indígenas, los que comprenden
no solo indemnizaciones, sino que el ejercicio activo de sus derechos.
Participación directa en la toma de las decisiones acerca de sus recursos
naturales, la gestión, y la conservación de los mismos, es parte de
este ejercicio pleno de sus derechos.
Establece
además en el art. 15.2 que los gobiernos deben consultar a los pueblos
interesados antes de autorizar ningún proyecto, sea este de prospección
como de explotación en los territorios indígenas. Tienen además
las comunidades el derecho a participar en el beneficio de las actividades
que se realizan en su territorio.
Para
las dos solicitudes de concesión en el territorio, ninguna ha entablado
siquiera un proceso de información en los sectores afectados. La lejanía
de las ciudades y la falta de acceso a medios de comunicación, el que
no hayan sido avisadas en las radios locales, son factores estructurales
de los sectores rurales, que profundizan la brecha de acceso a la información.
Por
otro lado, es deber del gobierno dar los espacios a las investigaciones
y estudios que establezcan las consecuencias de estos proyectos sobre
las munidades Mapuche. Sin este proceso, el gobierno no debería aprobar
ninguna de las solicitudes, en cuanto estas garantías no han sido dadas
a las comunidades del territorio.
d) Ley indígena
Nº 19.253. CONADI
La
ley indígena otorga ciertas restricciones en relación al uso de suelo
y de la propiedad indígena. Esta no puede ser vendida, ni cedida, ni
arrendadas para el uso de terceros:
Artículo
13.
“Las tierras
a que se refiere el artículo precedente, por exigirlo el interés nacional,
gozarán de la protección de esta ley y no podrán ser enajenadas,
embargadas, gravadas, ni adquiridas por prescripción, salvo entre comunidades
o personas indígenas de una misma etnia. No obstante, se permitirá
gravarlas, previa autorización de la Corporación. Este gravamen no
podrá comprender la casa-habitación de la familia indígena y el terreno
necesario para su subsistencia.
Igualmente
las tierras cuyos titulares sean Comunidades Indígenas no podrán ser
arrendadas, dadas en comodato, ni cedidas a terceros en uso, goce o
administración. Las de personas naturales indígenas podrán serlo
por un plazo no superior a cinco años. En todo caso,
éstas con la autorización de la Corporación, se podrán permutar
por tierras de no indígenas, de similar valor comercial debidamente
acreditado, las que se considerarán tierras indígenas, desafectándose
las primeras.
Los actos
y contratos celebrados en contravención a este artículo adolecerán
de nulidad absoluta”.
Consideramos
que las facultades que la ley de geotermias da a las empresas para adquirir
servidumbres va contra el espíritu de esta ley, en cuanto las familias
indígenas con tierra acreditada como tales pueden sufrir enajenaciones
sobre sus tierras. El amplio margen de servidumbres que los dueños
de terrenos superficiales deben dar a las empresas no garantiza, según
el espíritu de esta ley, la protección de las tierras indígenas ubicadas
dentro de las aéreas de concesión solicitadas.
Por otro lado,
en el Título V: Sobre participación indígena, la ley establece
en su Artículo 34 que: “Los servicios de la administración
del Estado y las organizaciones de carácter territorial,
cuando traten materias que tengan injerencia o relación con cuestiones
indígenas, deberán escuchar y considerar la opinión de las organizaciones
indígenas que reconoce esta ley. Sin perjuicio de lo anterior,
en aquellas regiones y comunas de alta densidad de población indígena,
éstos a través de sus organizaciones y cuando así
lo permita la legislación vigente, deberán estar representados en
las instancias de participación que se reconozca a otros grupos intermedios”.
Este
proceso de participación no ha sido dada. A pesar de que las materias
tienen directa relación con los intereses de las comunidades, afectando
su territorio, costumbres y cosmovisión. Las organizaciones indígenas,
como siempre, se han quedado en la berma del camino viendo como el “progreso”
pasa por su lado, alimentándose de sus recursos naturales.
- Antecedentes
Sociales: Las Comunidades Mapuche.
La comuna
de Melipeuco es una comuna con gran porcentaje de población viviendo
en el mundo rural. En efecto, un 58,55% de la superficie comunal vive
en los sectores rurales. Esto configura una forma particular de distribución
y uso del espacio. Estas poblaciones se encuentran de forma preferente
en el sector sur del valle del rio Allipén, ya que gran parte del sector
norte del valle corresponde al Parque Nacional Conguillío.
Población por
Área Urbano y Rural Según Distrito2
Categorías |
Distrito Melipeuco |
Distrito Sta
Maria de Llaima |
Resumen Comunal |
Cantidad |
% |
Cantidad |
% |
Cantidad |
% |
Urbano |
2.333 |
65,61 |
0 |
0,00 |
2.333 |
41,45 |
Rural |
1.223 |
34,39 |
2.072 |
100,00 |
3.295 |
58,55 |
Total |
3.556 |
100 |
2.072 |
100 |
5.628 |
100 |
|
Fuente: Censo INE 2002
La
comuna de Melipeuco está llena de pequeñas localidades dispersas,
en torno a las cuales se configura la población rural de la comuna.
Las localidades no actúan como villorrios en la mayoría de los casos,
sino que son nombres que denominan sectores geográficos. Dentro de
estos sectores, se encuentran las comunidades Mapuche de la comuna.
Debemos
entender por lo tanto que las áreas solicitadas por las empresas corresponden
a áreas pobladas por muchas familias Mapuche y pequeño campesinas
del mundo rural. Son estas las familias, sectores y comunidades, las
que se verán afectadas en caso de otorgar las concesiones solicitadas,
enajenando parte de los recursos naturales que tradicionalmente han
usado para su supervivencia.
Debemos
tener presente que la comuna de Melipeuco presenta un alto porcentaje
de población Mapuche, correspondiente a un 37,13% de la población
comunal3. Las comunidades se concentran en las zonas bajas,
en las cuencas de los ríos Llaima, Allipén, Sahuelhue, Tracura. Existen,
según el registro de CONDI, 28 comunidades en la comuna.
Mapa 2: Comunidades
Mapuche dentro del área licitada.
Fuente: Elaboración propia
en base a información CONADI y coordenadas de las solicitudes.
- Nota: en este mapa
faltan las comunidades Juan Meli, Juan Painetru, Cayuman Painenao, Huenchullán
y Juan Caniulaf que también se encuentran dentro del sector licitado.
En
el mapa anterior vemos que dentro del área licitada por el Ministerio
de Minería hay 10 Comunidades Mapuche dentro del territorio licitado.
Comunidades habitadas por personas, por familias pertenecientes al Pueblo
Mapuche. Para ellos es muy difícil de entender que hoy el estado licite
los territorios en los que viven, pero también las cordilleranas que
hacen parte del territorio que en sus comunidades entienden como propio.
Creemos que la ley de Geotermia no asegura que estos terrenos sean debidamente
protegidos, por la gran cantidad de servidumbres que se establece en
esta ley a favor de las empresas.
La
propiedad de los territorios de estas comunidades se acredita en el
Anexo nº1, donde se presenta una copia de los títulos de merced de
las comunidades afectadas. Estos consagran su propiedad sobre los terrenos
dentro de las solicitudes de concesiones. Gran parte de estas comunidades
que se encuentra aguas arriba del pueblo de Melipeuco se encuentran
agrupadas territorialmente y representadas mediante una organización
propia, y reconocida como El Territorio Lifko4.
Las
16 Comunidades Mapuche de la comuna de Melipeuco que se encuentran dentro
del área licitada son las siguientes:
Nº |
Comunidad |
Sector/Localidad |
1 |
Esteban Trecaman |
Sahuelhue |
2 |
Andrés Huenupi |
Alpehue |
3 |
Tranol Alonzo |
Flor el Valle |
4 |
Juanico Lepin |
Cumcumllaque |
5 |
Esteban Traipe |
Sahuelhue |
6 |
Francisco Ovando |
Sahuelhue |
7 |
Juan Bautista Huichapán |
Tracura |
8 |
Mauricio Montiel |
Huallerupe |
9 |
Nicolás Huenchuman |
Melipeuco |
10 |
Juan Pichintru |
Alpehue |
11 |
Juan Meli |
Melipeuco |
12 |
Juan Painetru |
Sahuelhue |
13 |
Cayuman Painenao |
Legnay |
14 |
Huenchullan |
Alpehue |
15 |
Juan Caniulaf |
Huallerupe |
Según
el Plan de Desarrollo Territorial del Territorio Lifko, de Octubre
de 2008 es parte del territorio Lifko “los nacimientos de agua,
como el caso de los Nevados del Sollipulli”5. Dentro
de la visión de desarrollo de su territorio, se plantea “Es vital
la protección de los recursos naturales existentes en las comunidades,
ya que estos están íntimamente relacionados con nuestros valores culturales
Mapuche. Los Ngen, están presentes en la naturaleza,
por lo tanto cuando la tierra, los
árboles o los ríos se utilizan sin conciencia se pierden estas fuerzas.”6
La
noción de desarrollo no es vista como un problema en sí, si no que
el problema es la forma en que las empresas, muchas veces aparados por
las leyes, hacen las cosas en territorios rurales como el nuestro. En
este sentido, se exige un reconocimiento basado en el respeto de los
pueblos indígenas, y abrir canales de participación que signifique
tener incidencia a la hora real de la toma de decisiones. “No estamos
en contra de la modernización y avances, pero este debe ser con respeto,
a nuestro medioambiente y a nosotros. Por lo tanto se nos debe incluir
en la toma de decisiones que afectan nuestro medio, nuestro territorio,
por que queremos ser actores importantes de nuestro entorno.”7
Es
necesario acá retomar la noción de territorio, presentada con
el Convenio 169 de la OIT. Según este concepto, es parte del territorio
todos los espacios que sean usados de alguna forma por las comunidades.
Los usos culturales de las altas cumbres del Sollipulli son ancestrales.
Las comunidades, más allá de las líneas del trazado de una empresa,
tienen relaciones entre ellas. La historia común, las ceremonias como
el nguillatún, y una compleja red de parentesco y de amistad componen
el aspecto social, formando también parte fundamental del concepto
de territorio en este sector.
Por
otro lado, existen intercambios y relaciones económicas entre los sectores
bajos y los más altos, que nacen de la cordillera. Las comunidades
de los sectores más bajos llevan sus animales a las veranadas en el
verano, para aprovechar las empastadas que allí perduran. Además,
van todos los otoños y a veces en primavera a recoger piñones.
Veamos
ahora con más detención los distintos aspectos religiosos, culturales,
sociales, y económicos en que la licitación geotérmica afectará
a estas comunidades.
- Aspectos relevantes
de la cultura Mapuche
Para
la realización del presente informe se ha usado una perspectiva antropológica
y basada en técnicas cualitativas de investigación. Metodológicamente,
se han realizado observaciones pasivas y semi participantes, y entrevistas
semi estructuradas con personas de comunidades que se encuentra dentro
del área de licitación.
Con
el objetivo de caracterizar qué significa este territorio para
las comunidades mapuche, para su cosmovisión y cultura, se realizó
un sondeo mediante entrevistas a personas reconocidas por sus comunidades
como portadoras de una sabiduría cultural importante.
Las
personas entrevistadas pertenecen a algunas de las comunidades que se
encuentran dentro del área de licitación: Don José Relmucao
es Lonko de la Comunidad Juan Meli, y Lonko de la comuna de Melipeuco,
mientras que don Artemio Huenupi es parte de la comunidad Andrés Huenupi.
- Aspectos Religiosos:
El
área en concesión posee en su interior varios sitios de vital importancia
para la religiosidad Mapuche: Los lepun o sitios de nguillatún. Estos
son espacios sagrados donde se realiza una de las ceremonias más importantes
de la cultura Mapuche, por otro lado, ahí está el Rehue, que simboliza
la conexión con su Chao Dios. No necesariamente todas las comunidades
tienen sitio de nguillatún, sino que a veces comparten varias de ellas
un sitio. Esta relación construye lazos de confianza y cooperación
entre las distintas comunidades donde además de su dimensión religiosa,
se actualizan los vínculos entre los miembros de las diferentes comunidades.
Por
otro lado, es tradición que distintas comunidades de un territorio,
como Melipeuco, se invitan unas con otras para los nguillatunes, actualizando
ancestrales lazos de reciprocidad y amistad en espacios territoriales
mucho mayores que las comunidades y las localidades mismas.
Por
lo tanto, los sitios de nguillatún son espacios sagrados para
las Comunidades Mapuche, y deben ser respetados ya que en ellos se expresa
su libertad de culto. El hecho que dentro del área licitada hayan cuatro
sitios religiosos de este tipo, evidencia el riesgo que esta licitación
supone para las comunidades afectadas.
- Sitios de Guillatún
de la comuna de Melipeuco8:
Comunidad |
Sector |
Comunidad
Esteban Trecamán |
Sahuelhue |
Comunidad
Esteban Traipe |
Sahuelhue |
Comunidad
Andrés Huenupi |
Alpehue |
Comunidad
Juan Meli |
El Membrillo |
Pero
para que los nguillatún tengan fuerza, tengan real poder sagrado, es
necesario que estén los newen, la energía o fuerza, y los Nguen, los
espíritus protectores de los elementos de la naturaleza. Ellos son
parte de la esencia de la religiosidad y cosmovisión mapuche.
“Los
newen se alejan, no va a haber newen, no vamos a tener energía, no
vamos a tener fuerza, el nguillatún después va a ser un show no mas,
van a decir no, el nguillatún no resulta na, los mapuche están puro
leseando, si pos, si no tenemos newen, si no nos conectamos con la naturaleza
no va a haber nada. Entonces ese es el peligro que estamos nosotros
invadidos con todos nuestros, con la naturaleza. Los Nguen se alejan
por la invasión que va a haber. Entonces eso es lo que nosotros
los mapuche estamos perdiendo. Y vamos a perder si se instala la geotérmica
va a ser peor.” Artemio Huenupi, Comunidad Andrés Huenupi, Alpehue.
Otro
aspecto importante dentro de la religiosidad Mapuche, son los elementos
de la naturaleza que los rodea. La espiritualidad, la religiosidad,
y los elementos naturales conforman un todo integrado. Los elementos
naturales están habitados y protegidos por Nguen, espíritus protectores
y dueños de los elementos. Es por esta razón que el Mapuche muestra
gran respeto hacia los elementos de su entorno.
“Los
Nguen son protectores, son como representantes, el que ayuda a las personas,
toda la naturaleza, es parecido como una comparación como dicen
los curas de los santos, para ellos son los santos para nosotros son
los Nguen, que son los que quedaron acá
en la tierra colaborando, entonces dice el mapuche todo tiene dueño,
hay nguenco, hay nguenmahuida, hay Nguen mas arriba, hay newen en el
volcán, todo tiene su Nguen, entonces por eso hay que tener cuidado,
hay que tener respeto, nosotros no somos dueños de la naturaleza, nosotros
somos parte de ellos, entonces el mapuche era muy cuidadoso de no transgredir
eso”. Artemio Huenupi, Comunidad Andrés Huenupi, Alpehue.
Como
vemos las aguas también están habitadas por espíritus protectores,
Nguenco, los cuales son los dueños de las aguas, y encargados de cuidar
los recursos acuíferos. El deterioro de la calidad de las aguas en
la comuna de Melipeuco, producto de la instalación de empresas como
pisciculturas, y centrales de paso, ha sido visto por la cultura tradicional
como una afrenta a su religiosidad.
“Todavía
están los Nguen, no con tanto Newen pero creemos nosotros que están
los nguen. Pero perdemos fuerza nosotros, por que el nguillatún después
no va a servir, si nos alejan esa energía. Por ejemplo antes
se decía el mapuche pedía lluvia y se hacia llover, resultaba todo
lo que se hacia.” Artemio Huenupi, Comunidad Andrés Huenupi,
Alpehue.
- Los Volcanes
y cordilleras:
Dentro
de la cosmovisión Mapuche, los volcanes corresponden al nagmapu, que
es el mundo de todo lo que esta bajo tierra. El nagmapu tiene
también fuerza, newen, y espíritus protectores que lo habitan:
“La
creencia del mapuche los respeta a los volcanes, las grandes cordilleras,
y ahí hay otra clase de newen, ahí
se manifiestan los newen que hay en el nagmapu, por ejemplo el fuego
cuando el volcán mueve toda esta cantidad de lava, que cuando explota
sale hirviendo al rojo. Entonces dice ahí
están los newen, ese es otro newen, hay pillanes, hay otra clase de
newen ahí”. Artemio Huenupi, Comunidad Andrés Huenupi, Alpehue.
Por otro lado,
en los volcanes existe la fuerza del pillán…
“El
pillan es newen que es una fuerza superior que tienen las cordilleras,
ese es el pillankutrall que es… antes lo tomaron el pillan como el
diablo, pero el diablo lo invento el blanco si en la cultura mapuche
no existe el diablo, Entonces eso se ve en el volcán, se ve el pillán,
hay pillánkutrall, pillan newen ahí. El pillán es como una energía,
como una energía especial fuerte que viene del nagmapu”.
Artemio Huenupi, Comunidad Andrés Huenupi, Alpehue.
Las
cordilleras son vistas como espacios sagrados, habitados por estos seres
protectores de la naturaleza, que tienen poder y energía. Por esto,
para los mapuche las cordilleras son lugares de gran respeto, donde
uno tiene que pedir permiso (mediante una rogativa o llellipun) para
poder entrar.
“El
Mapuche hoy siempre pide permiso para entrar, nosotros decimos
hable como sea pero pida permiso, a nosotros nos enseñaron eso y nosotros
igual tenemos que enseñarlo a los mas chicos, para entrar a una cordillera
no hay que entrar así no mas. Igual para entrar a un rio a un lugar
desconocido hay que pedir permiso, hay que invocar, hay que decir algo”.
Artemio Huenupi, Comunidad Andrés Huenupi, Alpehue.
Una
figura importante es que siempre para los mapuche las cordilleras en
general y el Sollipulli en especifico han sido lugares de poder y energía.
Pero de una energía espiritual que hace parte de la cosmovisión de
su pueblo. Lo que parece irónico es que hoy este potencial energético
sea llevado a licitación, alejándolo de sus ancestrales dueños, destruyendo
las energías de ellos (nguen y newen), y transformándolo en una mercancía
transable (y bien pagada) e el mercado.
“Y
hoy día viene a aparecer que debajo de la tierra hay de todo, hay vida,
y ahora vienen con eso de la geotermia que es otro newen que hay abajo,
el mapuche sabia de ese newen”. Artemio Huenupi, Comunidad Andrés
Huenupi, Alpehue.
- Sistema de creencias
culturales y religiosas asociadas al Volcán Sollipulli
El
patrimonio cultural e identitario del pueblo mapuche se construye en
base a un amplio y complejo sistema de creencias culturales y religiosas
que dan forma a la cosmovisión indígena, plasmando de sentido propio
la comprensión del entorno social y natural.
Al
respecto, la interpretación del territorio implica no solo el reconocimiento
de los recursos naturales asociados sino que también involucra
la producción/reproducción de una serie de prácticas, costumbres,
creencias, ritos y leyendas asociadas al espacio, cual es asimilado
desde una dimensión sociocultural.
La
simbolización del espacio territorial se configura desde la espiritualidad
y la religiosidad del pueblo mapuche, siendo imposible la comprensión
disociada de los elementos sociales, culturales y naturales que se interrelacionan
en base a un equilibrio supraterrenal. El todo integrado, permite percibir
a la naturaleza como un ente vivo, contenedor de fuerzas espirituales
y protectoras, con almas que resguardan la espiritualidad y bienestar
del pueblo tales como lo son los Ngen.
En
este sentido, profundizar en torno al sistema de creencias asociadas
al Volcán Sollipulli implica visualizar a este lugar como espacio sagrado
para el pueblo mapuche, sumamente respetado en cuanto cobija a un Ngen
de alto poder simbólico y fuerza.
La
representación e identificación que hace el pueblo mapuche del
Volcán Sollipulli y su Ngen, está plasmada en la siguiente leyenda
que relata la historia de una niña perdida en los bosques de veranadas,
cuya alma es retenida por la cordillera pasando a conformar parte de
ella:
“En
esa cumbre de la cordillera siempre ha sido convocado el nombre
de esa cordillera por el respeto que tiene el mapuche hacia ella, cuentan
los antiguos que esa zona, ha sido una zona dónde se recolectan piñones,
no tan encima pero en los alrededores llegaban habitantes de diferentes
lugares a recoger piñones, siempre hacían una rancha como se dice
un lugar dónde aposentarse, y llegaban en ese lugar y salían hacia
la cordillera y en la tarde volvían a juntarse en esa parte, y
siempre dejaban a un niño o niña en el lugar cuidando las cosas,
por cualquier peligro gritar y entonces para eso. Y en una oportunidad,
dicen que dejaron una niña, debe ser de unos 13 o 14 años la niñita
y los viejos padres salieron a juntar piñones y llegaron al atardecer
y no encontraron a la niña. Avisaron a sus vecinos y todos se pusieron
a buscar a esa niña a ver qué había pasado…puede ser que quizás
los animales silvestres o el león como se le decía, entonces
eso se pensó y al otro día no apareció
la niña y se quedó una de las ancianas ahí
cuidando el lugar, y los otros avisaban a los vecinos y los otros buscaban…y
en un momento de estos aparece la niña dónde estaba su mamá
cuidando la rancha y la viejita le dice
“hay hijita llegaste te anduvimos buscando, qué
bien” entonces trató de tocarla cuando le dijo ella
“no, no mamá, ahora ya no soy su hija, a mi me tomó
el newén de esta cordillera, entonces yo ya soy parte de la familia
de esta cordillera y no voy a vivir más con ustedes” y se desapareció,
entonces la niña se llamaba Solli, Sollii-Pëlli,
Solli: su nombre y Pëlli: el Alma, en mapudungun el
Pëllï es espíritu, entonces lleva ese nombre hasta el día
de hoy, por eso es que todos los mapuche en su nguillatún en el momento
sagrado de la devoción nombra a esa persona, nombra a esa cordillera
y para el pueblo mapuche es una cordillera que le tienen mucho respeto
y mucha admiración”. Relato de Don José Relmucao, Lonko Comunidad
Juan Meli.
En
este relato se explica el origen del nombre dado al Volcán, cuál se
asocia al nombre de la niña cuya alma descansa en dicha cordillera,
caracterizando al Ngen como un espíritu femenino, altamente sagrado
y respetado. Actualmente, el Sollipulli es venerado como espíritu sagrado
a través de la palabra y los rezos en el ritual del nguillatún.
El Volcán
Sollipülli resulta así un recinto sagrado que contiene y resguarda
la espiritualidad y religiosidad del pueblo mapuche, articulándose
el bienestar de la cordillera y su Ngen con el bienestar del pueblo.
En
este sentido, cualquier tipo de alteración al espacio territorial que
aborda el Volcán Sollipulli redunda en la alteración del sistema de
creencias culturales y religiosas del mapuche, afectando a la vez su
integridad psicosocial y física al estar todos los elementos interconectados
entre sí.
Así,
la irrupción industrial sobre dicho recinto sagrado representa un atentado
que no solo destruiría el patrimonio ambiental, sociocultural y religioso
del mapuche sino que amenazaría en contra de la existencia misma de
todo un pueblo, vulnerando su derecho básico a la vida:
“¿Qué
pasaría si esa cordillera se altera, si ese Ngen se altera? Oiga si
eso se altera, aquí Melipeuco se pierde! ese gran newén aquí
no queda empresa no queda rico, no queda escorial, no queda lago, no
queda nada! Puede que va a destruirse a la naturaleza y
también a nosotros! Se viene todo abajo la cordillera: el wingkulentu,
ese hasta abajo nos taparía, quedaría aquí
todo con agua o barro…y así por causa del otro podemos dañar esto
que está acá, podemos morir por la maldición de los poderosos apoderados”
José Relmucao, Lonko Comunidad Juan Meli.
De
este modo, se comprende que la ambición apropiacionista sobre el Volcán
resulta un acto criminal que conlleva a la muerte del mismo ser mapuche,
operando como una maldición anunciada la llegada del poder industrial
al lugar. La adulteración del Sollipulli como recinto sagrado atenta
en forma directa e implacable en contra del derecho del pueblo mapuche
a su reproducción, que no puede ser concebida sin el cuidado de los
territorios, la recreación de las prácticas culturales y el cultivo
de su espiritualidad
El
Sollipulli como veremos, es para la cultura y cosmovisión mapuche
un referente simbólico muy importante, que protegido y habitado por
sus espíritus protectores, los nguen, tiene la fuerza, el newen, que
da el contenido y sustento a la religiosidad y cosmovisión de estas
comunidades.
“El mapuche el Sollipulli lo tiene como un Nguen, un Nguen es un representante
que tiene el Newen, que dan fuerza, que da energía. Nunca lo miro así
como un peligro, nada, sino que de esa forma se le respeta siempre y
todavía se le invoca cuando nosotros hacemos nguillatún, del Sollipulli
dependen todas las aguas que vienen ahí..” Artemio Huenupi, Comunidad
Andrés Huenupi, Alpehue.
Los
volcanes o pillanes como son los Nevados del Sollipulli son vistos como
seres vivos, donde moran sus dueños o Ngen, y que se interrelaciona
de forma activa en la vida religiosa de la comunidad. En este sentido,
hemos testimoniado que Los Nevados del Sollipulli son un espíritu reconocido
en el mundo Mapuche, que es nombrado y honrado en sus ceremonias como
el nguillatún. El Sollipulli por otro lado representa el origen
de todos los elementos de la naturaleza relacionados con el agua.
“Entonces
eso se mantiene todavía, en los nguillatunes se invoca el Sollipulli,
de ahí vienen todas las aguas, las vertientes, vienen las nieblas,
vienen los rocíos, todo ese Newen tiene el Sollipulli.… Por ejemplo
el fresco, la nieve, cuando va a llover, el mapuche ve, el Sollipulli
le anuncia el tiempo”. Artemio Huenupi, Comunidad Andrés Huenupi,
Alpehue.
Pero
existe clara conciencia de que para que existan los nguen, espíritus
protectores de la cosmovisión mapuche, es necesario proteger la naturaleza
que les da la fuerza, el newen, y la esencia a su ritualidad.
Por
otro lado, dentro del área licitada encontramos dos cementerios. El
cementerio de Sahuelhue- Alpehue, utilizado por todas las comunidades
del espacio Lifko, y el cementerio de Melipeuco, que es el cementerio
Municipal y el más importante de la comuna.
Estos
lugares son de gran importancia para los habitantes de la comuna, ya
que en ellos descansan los restos de sus seres queridos por generaciones.
Por
todo lo anterior es imprescindible que antes de licitar un sector,
autorizar cualquier concesión, de exploración o explotación, se determinan,
registre e investiguen estos aspectos. Es imprescindible que se estudien
rigurosamente las posibles consecuencias que estas solicitudes puedan
tener mediante un informe antropológico hecho con tiempo, seriedad,
y que establezca las posibles consecuencias que una exploración geotérmica
tendría en la cultura, religiosidad, y cosmovisión de las Comunidades
Mapuche que ancestralmente han habitado este territorio.
- Aspectos Socio
Culturales:
Existen
entre las comunidades de Lifko estrechas relaciones que configuran el
espacio social de un territorio Mapuche. Las redes de parentesco, y
de relaciones entre las comunidades hace que ellas formen una red socio
cultural densa y fuerte, que le da identidad territorial. Las alianzas
se sellan mediante matrimonio, amistad, compadrazgo.
Los
eventos religiosos como el nguillatún ayudan a fortalecer las redes
de reciprocidad entre las comunidades. Estas relaciones no solo se daban
entre las comunidades del Llaima, sino que abarcaban con mucha fuerza,
relaciones que aun persisten, relaciones con las comunidades de Reigolil,
de la comuna de Curarrehue. Hasta hoy la comunidad Traipe comparte los
nguillatunes con los Quintunahuel de Curarrehue.
“Si,
había, había por ejemplo con los Carinao, con los Quintunahuel, ellos
venían acá. Los Quintunahuel venían acá
al nguillatun con los Huenupi, y estos también iban pa allá. El contacto
que queda es con los Huaiquío no más al nguillatún, pero ahí
se corto el contacto. Con los Huaiquio siguen, ellos van todavía por
allá. Ya también hay casados, acá
hay unas familias que son Quintonahuel”.
Artemio Huenupi, Comunidad Andrés Huenupi, Alpehue.
Por
otro lado, la noción de territorio
de estas comunidades incluye el sector de los nevados del Sollipulli
que esta siendo licitado.
“Nosotros
los mapuche, por ejemplo los Huenupi viven todo este territorio. Antiguamente
cuando llegaron los Huenupi esto era todo de ellos, pero ellos no poblaron
todo el territorio, hasta aquí se pobló
no mas, hasta que de repente llegaron los no mapuche, y estaba desocupado,
estaba desocupado no mas, pero era de ellos.
Si esto Alpehue que llaman, los Huenupi, todo esto es Alpehue, esta
cordillera cubre todo el territorio, todo lo que se ve acá, toda esa
es la cosmovisión mapuche”.
Artemio Huenupi, Comunidad Andrés Huenupi, Alpehue.
Las
comunidades están efectivamente dentro del área licitada, pero la
noción del territorio es mucho más amplia que los terrenos de las
comunidades determinados por los títulos de merced, la concepción
de territorio incluye las aguas, las cordilleras, los volcanes, todo
lo que se esta licitando hoy ante los sorprendidos ojos de los comuneros.
“Por
eso a todo le pusieron los nombres, esta el Sollipulli, esta traruguillío,
esta Compu, esta el Rumiñañe, el wuacamahuida, pailepaile, todo. Por
eso decía no somos ignorantes. Todavía nosotros decimos Alpehue, todavía
nosotros somos de lof aquí, este lof es todo de nosotros. Pero no,
llega hasta aquí no mas, de aquí
pa arriba hay otros dueños. Entonces ahí
nos dicen a nosotros ustedes no son dueños de todo, si pero mentalmente
nosotros tenemos todo esto, es todo de nosotros. Y en todas las comunidades
pasa eso. Por ejemplo los Trecamán, los Huaiquío, ellos están ahí
pero abarcan todo lo que ven, y todo eso sirve. Todo eso lo abarca el
mapuche. Y eso es lo que el no mapuche, el empresario no entiende”.
Artemio Huenupi, Comunidad Andrés Huenupi, Alpehue.
Los
territorios ancestralmente compartidos e imaginados, fueron tempranamente
usurpados y entregados en títulos a colonos o en concesiones de explotación
maderera que no tardaron el talar bosques milenarios y quemar todo lo
que quedaba.
“Antes
íbamos a las veranadas, pero después cuando vino bienes nacionales
y entregó las tierras el mapuche no legalizo esas tierras, antes ocupo
todas esas tierras. Después las agarraron los de afuera
agarraron todas esas tierras. El mapuche hasta no hace mucho tiempo
sentía parte de uno e iba a piñonear allá, entones siempre fue el
Sollipulli y todo lo que es Rumiñañe, eso es la entrada del Sollipulli.
Artemio Huenupi, Comunidad Andrés Huenupi, Alpehue.
La
noción de territorio también se ve reflejada en la forma en que los
pueblos nombran y denominan los distintos lugares significativos en
su territorio. Implica una relación compleja que denota el conocimiento
que los Mapuche tienen de los lugares y de la naturaleza.
“Antes
esos territorios eran ocupados por los Huenupi y los Trecamán, mi papa
decía que el abuelito Trecamán metía muchos animales para allá,
y los Huenupi igual aprovechaban todo eso para adentro. Por eso el nombre
Rumañañin, por que era de los mapuche para allá. Rumañañin significa
pasar por encima de una plantita que se parece a la murtilla, chaure
creo que le dicen, ese es el ñañin pa los mapuche, entonces el rume
es pasar, que pasaba por encima del
ñañin, por eso se llama Rumeñañin. Incluso hay un paso
que se pasaba para Argentina para allá, ese es un paso que se usaba
harto antes.” Artemio Huenupi, Comunidad Andrés Huenupi, Alpehue.
Los
terrenos de la comunidad, los territorios cordilleranos, son espacios
territoriales donde la cultura, cosmovisión, religiosidad y economía
de las comunidades Mapuche se sustenta. Así, en las cordilleras se
hace la recolección de plantas y hierbas medicinales para la sanación
en el espacio privado- doméstico, pero también en los agentes especializados
de sanación tradicional como las Machi, los Lahuentuchefe, los
componedores de hueso, y los santiguadores.
“Mi
mama sabia harto remedio, ella aprendió
con ella, con las medicas, con las machis, entonces ella nos hacia buscar
remedios, salíamos con mi mami a buscar remedio,
yo aprendí harto de esa forma, esto sirve pa eso, esto pa lo otro,
se mezclan esos remedios, y tenemos remedios caseros aquí, yo ahí
conocí un poco las hierbas”. Artemio Huenupi, Comunidad Andrés
Huenupi, Alpehue.
Este
conocimiento tiene un gran valor y es fundamental la preservación
de los conocimientos y de la sabiduría, que ha pasado de generación
en generación, sobre los usos medicinales de las hierbas. Pero además,
estos espacios son uso de los pocos espacios con bosques nativos, que
todavía no han sido invadidos por las plantaciones forestales de monocultivos.
En este sentido además del valor de su conocimiento, está el valor
de preservar la biodiversidad del territorio
“Acá
en estas cordilleras yo creo que están las reservas de las hierbas
medicinales todavía, cuando conversábamos nosotros con la gente allá
de puren, de lumaco, acá mismo en cholchol, imperial, y a ellos ya
no les queda, entonces nos dice ustedes tienen harta reserva, cuiden
sus hierbas, traten de conocerlas, de apreciarlas.” Artemio Huenupi,
Comunidad Andrés Huenupi, Alpehue.
- Cosmovisión:
Mitos y leyendas
Como
vemos, estos territorios están habitados por seres y fuerzas protectoras
de la naturaleza, que son parte de la fuerza, y parte fundamental de
su cosmovisión. Los espacios cordilleranos que hoy están siendo licitados,
son los espacios donde estas creencias se viven, se leen y enseñan
dentro de su cultura.
“El
mapuche dice que ve cosas en la cordillera, le anuncia. Entonces se
dice que si uno se encuentra en la mañana por ejemplo se topó
con algo extraño, ese es buen newen, le anuncia bien con mayor razón
tiene que hacer llellipun o oración ahí. Si lo encuentra en la tarde
generalmente es negativo, es malo. Y eso se le presenta como una visión,
no es una realidad que usted lo va a ver por ejemplo vio un animal ahí,
vio un toro a lo mejor ahí, pero es una visión, esa es parte del nguen
como se presenta, y como es la fuerza de es nguen. Entonces tiene ese
sentido, y si lo vio en la tarde usted, entonces eso es negativo, le
va a traer malas consecuencias”. Artemio Huenupi, Comunidad Andrés
Huenupi, Alpehue.
En
las aguas de las cordilleras viven las Sumpall, especies de sirenas
que se bañan y peinan en las aguas.
“La
sumpall es una sirenita, dicen que es una chiquilla que se esta peinando,
que se esta acariciando el pelo, que es muy bonita, es una visión.
Dicen que antes se veía en el rio. Mi mami dice que antes en el rio
Sahuelhue había. Hoy día creo que no se ve por que hay invasión ahí.
Entonces por eso a nosotros nos decía si vas a entrar a un rio, pida
permiso pa entrar al rio, por que eso no esta solo, tiene dueño”.
Artemio Huenupi, Comunidad Andrés Huenupi, Alpehue.
Las
aguas, y ríos que pasan por las comunidades, que en gran medida dependen
de los glaciares y las nieves cordilleranas, también son espacios sagrados,
donde habitan fuerzas protectoras.
“
Eso es parte de los nguen que tienen los ríos, en los ríos hay varias
clases de nguen, depende de cómo se manifiesten, ay algunos que aparece
un toro, en otros lados aparece un caballo, en un lado decían que aparecía
una mula, son cosas que se ven. En este rio había un toro y ahora parece
que ya no se ve. Como dicen a lo mejor están dormidos por que la gente
no los considera, ya no los invocan, entonces a lo mejor están
y están aplastados”. Artemio Huenupi, Comunidad Andrés Huenupi,
Alpehue.
Muchas
veces se argumenta que la oposición a este tipo de iniciativas atenta
contra el “desarrollo” local y del país. Pero las comunidades Mapuche
y los sectores campesinos y urbanos de Melipeuco tienen su propia visión
acerca del tipo de desarrollo que quieren tener. Este es un desarrollo
sustentable en el tiempo, que respete los recursos naturales, y que
se genere a través de actividades complementarias.
El
modelo de desarrollo ofrecido por el mercado esta caracterizado por
una muy mala distribución de las riquezas que genera. Aquí no estamos
en contra del desarrollo, sino que la pregunta es ¿Para quién?.
Por
lo general cuando llegan grandes empresas a territorios rurales como
este, las enormes ganancias generadas pasan por el lado del territorio
que los genera, que es el que paga las consecuencias de este “progreso”.
Uno
de los ejes económicos de las zonas rurales de Melipeuco es la actividad
familiar agro ganadera, centrada en el cultivo de cereales, papas, y
chacras, y la crianza de vacunos, caballos, y ovejas. En muchos sentidos
el crecimiento de esta actividad depende de los recursos naturales,
que se encuentran dentro de los territorios en licitación.
Primero
por que los glaciares del Sollipulli son fuentes de las aguas que cursan
los valles inferiores, donde se encuentran las comunidades. La explotación
y apropiación de estos cursos de agua en desmedro de sus usuarios tradicionales
amenaza la sustentabilidad de las actividades agro ganaderas.
Con
el calentamiento global cada año los ríos traen menos aguas, y las
comunidades deben hacer proyectos de riego para asegurar el éxito de
sus siembras. Por otro lado, se necesita agua en buenas condiciones
para el brebaje de los animales. Esto se ha transformado en un conflicto
por los derechos de agua, ya que las comunidades se han enterado de
forma tardía que están en manos de terceros privados ajenos a la comuna,
y que a pesar de ser usuarios ancestrales e informales, no tienen derechos
sobre el agua que toman y usan para vivir.
Por
otro lado en los territorios licitados las comunidades han desarrollado
estrategias recolección y actividades complementarias para su economía
doméstica. Están los ancestrales viajes a las veranadas para la recolección
del pehuén o piñón, fruto de la Araucaria, especie protegida
que se encuentra en gran cantidad en el área licitada. La cultura Mapuche
tiene un vínculo religioso y cultural muy profundo con estos árboles
y el alimento que ellos dan.
“Por
ejemplo el piñón, el piñón era importantísimo acá
en la cocina de los mapuche antes, hoy día no, hoy día ya ni vamos
a piñonear. Pero hace 20 años atrás había que ir a buscar 5 o 6
sacos de piñones a la cordillera.” Artemio Huenupi, Comunidad
Andrés Huenupi, Alpehue.
Pero
además de el piñoneo, en estos territorios se hacen otras actividades
importantes para la dieta familiar y la complementación de la economía
doméstica como la recolección de productos forestales no maderables
como alimentos y de frutos (mora, mosqueta, avellana), y hongos
comestibles para su consumo y comercialización (changles, digueñes
y morcellas). Artemio Huenupi, Comunidad Andrés Huenupi, Alpehue.
“Muchas cosas nos daba la cordillera. Aparte de los piñones la mutilla,
siempre en la cordillera hay de toda clase de comida. Todavía queda
eso, hay mutilla, hay frutilla, piñones, están los hongos, los remedios,
mas abajo hay cantidad de fruta silvestre, el maqui, el coulle, el lleuque”.
Artemio Huenupi, Comunidad Andrés Huenupi, Alpehue.
Pero
sin duda uno de los ejes de desarrollo que se han desarrollado con más
fuerza es el Turismo. La belleza escénica de la comuna, la calidad
de sus recursos naturales, y la presencia de Parques Nacionales y Reservas
Nacionales ha significado una fuerte inversión de privados y del estado
para potenciar este tipo de actividades. Este turismo se centra en las
familias y las comunidades, derivando al desarrollo de un turismo de
intereses específicos como el turismo rural, y el etno-turismo.
Pero
este turismo depende de que los atractivos de la comuna –sus recursos
naturales- sean protegidos, y respetados, mediante un uso sustentable
y a largo plazo.
- Aspectos medioambientales:
Como
hemos dicho, el área licitada por el Ministerio de Minería además
de comunidades, personas, y culturas comprende un territorio incomparablemente
rico en recursos naturales.
Primero,
es fuente mediante sus milenarios glaciares de los cursos de agua, ríos,
y vertientes que alimentan todo el valle del Llaima. En estos cursos
de agua habita una importante diversidad de flora y fauna nativa, pero
además aseguran la subsistencia y las actividades económicas de las
localidades que habitan el valle aguas abajo.
Es
importante recalcar que más de un cuarto del área licitada corresponde
a Áreas Silvestres Protegidas, correspondientes a la Reserva Nacional
Villarrica. En un oficio anterior a esta licitación la Corporación
Nacional Forestal, CONAF, se opuso a la concesión de exploración geotérmica
en los territorios hoy licitados. Hay que entender que esta Reserva
tiene glaciares, volcanes, ríos, bosques milenarios, bosques protegidos
de Araucarias, y una importante variedad de Flora y Fauna nativa. La
construcción de cualquier proyecto de corte industrial en estos territorios
ocasionará una irreparable pérdida de estos escasos recursos naturales.
- Algunas consideraciones
Generales
Como
hemos visto, los territorios licitados son lugares de gran importancia
para la cultura mapuche. Son fundamentales en sus aspectos religiosos,
para su cosmovisión y cultura. Pero además tienen gran importancia
en las actividades económicas que las comunidades realizan en sus territorios.
Creemos
que es fundamental, antes de aprobar cualquier proyecto o licitación
de este tipo, que se hagan investigaciones mucho más serias y exhaustivas,
con el fin de determinar las consecuencias de este tipo de proyectos
en los territorios de las comunidades.
Por
otro lado, la licitación de estos territorios hace alusión a aspectos
complejos de la relación histórica que el Estado y las empresas privadas
han mantenido con las comunidades mapuche. Esta relación se ha basado
en relaciones asimétricas y de exclusión social, cultural y económica
hacia las comunidades. La destrucción y saqueo de los elementos naturales
que han realizado privados amparados por el Estado se ha traducido en
una pérdida de fuerza, de energía, y de respeto que estas comunidades
hoy exigen.
“Estas
tierras de la Araucanía donde los mapuche tenemos nuestra forma de
vivir, tenemos nuestro conocimiento, todo el kimun, el gran kimun mapuche
que había antes, sin querer a lo mejor o por desconocimiento se ha
ido destruyendo, y esto seria ya lo ultimo de la destrucción y una
agresión tremenda hacia nuestra cultura, hacia nuestro pueblo”.
Artemio Huenupi, Comunidad Andrés Huenupi, Alpehue.
Las comunidades
mapuche y rurales en general son las que pagan los enormes costos de
la histórica explotación de los recursos naturales, la cual se ha
hecho de espalda a las comunidades y sin consideración. La gran expectativa
que ha causado la ratificación del Convenio 169 de la OIT llama a abrir
un nuevo tipo de relaciones entre el Estado y las comunidades mapuche,
donde se abran procesos de información y participación hasta ahora
desconocidos en los territorios rurales.
“Al
gobierno le interesa la parte económica, todos esto grandes empresarios
trabajan por eso y la mayoría ni vive acá
en el país, pero nosotros somos los que vamos a sufrir la consecuencias
y las generaciones futuras, que eso es lo que sentimos nosotros.
Entonces ojala se tome un poco en consideración, se dialogue mas y
se pueda llegar a algún consenso en este sentido”. Artemio Huenupi,
Comunidad Andrés Huenupi, Alpehue.
Sin
embargo, esta licitación ha estado muy lejos de este espíritu, actuando
como de costumbre de espaldas a las comunidades. En este sentido es
que es urgente que de la mano de la ratificación del Convenio 169 se
cambien definitivamente este tipo de prácticas unilaterales. Por que
siglos de atropellos han significado no solo la exclusión y pobreza
económica del pueblo mapuche, sino que se ha traducido también en
una pobreza espiritual, una pobreza cultural.
“Ahí
es que nos vamos empobreciendo, yo creo que lo
único que nos va quedando de riqueza a nosotros es la cultura, y así
quedamos pobres espiritualmente”. Artemio Huenupi, Comunidad Andrés
Huenupi, Alpehue.
- Antecedentes
referentes a la calidad Paisajística.
- Antecedentes
Generales
La
concesión de exploración implica que la empresa que se ha adjudicado
los derechos podrá realizar un número indeterminado de perforaciones
en el área solicitada, actividad que no aparece descrita en el Art.
10 de la Ley 19.300 que define las actividades que deben someterse al
Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, situación que deja nuestros
recursos naturales en total desprotección
Según
señala la Ley Nº19.657sobre concesiones de energía geotérmica en
su Artículo 27, “El titular de la concesión de energía geotérmica
tiene, por el solo ministerio de la ley, y en la medida necesaria para
el ejercicio de la concesión, el derecho de aprovechamiento, consuntivo
y de ejercicio continuo, de las aguas subterráneas alumbradas en los
trabajos de exploración o de explotación”, situación que pone
en riesgo el balance hídrico actual de las microcuencas comprendidas
en las zonas solicitadas a concesión. Lo anterior podría afectar gravemente
la disponibilidad de agua para las actividades productivas que corresponden
principalmente a agricultura familiar de subsistencia, en un escenario
de creciente disminución de la disponibilidad de recursos hídricos
producto frecuentes sequías.
La
experiencia en esta materia de países como Suiza y México, da cuenta
de la ocurrencia de sismos provocados por las faenas de exploración,
situación a la que no estamos dispuestos a sobrellevar.
La
zona licitada incluye 20.747 hás de la Reserva nacional Villarrica
–equivalente a un 42,72% del área licitada- donde se encuentran los
Nevados del Sollipulli, que además de ser un atractivo turístico de
gran importancia, constituye un importante reservorio de agua para las
comunidades que viven aguas abajo. Hay que entender que esta Reserva
tiene glaciares, volcanes, ríos, bosques milenarios, bosques protegidos
de Araucarias, y una importante variedad de Flora y Fauna nativa. La
construcción de cualquier proyecto de corte industrial en estos territorios
ocasionará una irreparable pérdida de estos escasos recursos naturales.
Pero además del daño a esta Reserva Nacional, hay otros sectores y
atractivos turísticos dentro del área solicitada de gran importancia
natural, ecológica y paisajística.
El
área solicitada incluye ecosistemas donde la especie dominante es la
araucaria, especie que ha sido declarada Monumento Natural, por lo que
no es posible hacer exploraciones en tales sitios.
- Consecuencias
del Tendido eléctrico
Como
hemos visto en los mapas referentes a las comunidades Mapuche, estas
ocupan parte importante de la parte baja de la Cuenca del Allipén.
Las obras que se proyectarían con la construcción de la explotación
geotérmica, necesitan de un tendido de alta tensión que sea capaz
de transportar la energía producida hacia el sistema interconectado
central, donde esta se redistribuirá.
Este
tendido de alta tensión pasará muy probablemente por la parte
baja del valle, afectando de esta manera a muchas comunidades Mapuche
del sector.
El
tendido de las torres de alta tensión supone una franja ancha de terrero
por donde pasen las torres, afectando terrenos indígenas. Las comunidades
tienen además sitios de importancia religiosa y cultural como canchas
de nguillatún, rehues, etc.
La
actual ley ambiental no contempla los proyectos de forma global, siendo
capaces los organismos de formula observaciones solo de forma parcial.
De esta forma, las consecuencias del tendido eléctrico son vistas como
un proyecto aparte de la construcción de las geotérmicas en sí. Lo
mismo ocurre con otras obras como las centrales de pasada, etc. Sin
embargo, el tendido eléctrico es parte fundamental del proyecto geotérmico,
se entiende que es de esta forma que sacarán la energía producida
para venderla al Sistema Interconectado Central.
Por
lo tanto, se hace necesaria una visión más global de las obras que
implica la construcción de una Central de estas características.
- Antecedentes
acerca del Turismo
La
concesión de exploración geotérmica y una eventual instalación
de una planta geotérmica en nuestra comuna, tiene a las personas del
sector turístico muy preocupados, ya que el área solicitada para las
exploraciones contiene una gran cantidad de atractivos e iniciativas
turísticas.
Por
lo cual queremos dar a conocer lo que existe y que se vería afecto
ante una eventual concesión de explotación geotérmica.
Desde
hace ya varios años el turismo ha ido adquiriendo gran relevancia en
nuestra comuna, ya que esta posee excelentes recursos naturales turísticos,
los que están siendo aprovechados cada vez más por nuestra gente,
esto asociado a la importancia que le a dado el gobierno a este ámbito,
promoviendo el desarrollo de iniciativas turísticas y apoyando a las
ya existentes, han hecho que nuestra comuna, a nivel regional, nacional
e internacional, esté siendo reconocida como destino turístico.
El
Plan Estratégico para el Desarrollo del Territorio Cordillera de la
IX Región de la Araucanía busca consolidar, en un plazo de cuatro
años, el potencial productivo del área de intervención, (conformado
por las comunas de Victoria, Curacautín, Lonquimay, Melipeuco, Cunco
y Vilcún) estimulando el desarrollo socioeconómico del sector, basado
en la actividad generada por el Ecoturismo”. Con Araucanía Andina
nace un nuevo concepto en turismo: una amplia zona integrada por seis
comunas, que conforman un destino turístico singular. Y es que pocos
lugares son tan privilegiados como este territorio andino, que ofrece
diferentes modalidades de turismo de intereses especiales, con actividades
para todo el año y a corta distancia de Temuco, capital de la Araucanía.
De
estas políticas y orientaciones desde lo nacional a lo local o territorial,
se desprende la visión de desarrollo turístico de la comuna de Melipeuco
y que se orienta a un turismo de intereses especiales basado en potenciar
los productos de Montañas – Volcanes y Cultura - Campo (productos
definidos para el territorio Araucanía Andina), considerando que casi
el 50% de la superficie comunal se encuentra bajo el Sistema Nacional
de Áreas Silvestres Protegidas del Estado - SNASPE, a través del Parque
Nacional Conguillio, Reserva Nacional China Muerta y la Reserva Nacional
Villarrica.
Melipeuco
presenta varias fortalezas turísticas, la más importante es su cercanía
al Volcán Llaima, al Parque Nacional Conguillío, la Reserva Nacional
China Muerta y la Reserva Nacional Villarrica, lo que significa un importante
patrimonio natural para el turismo. Otra fortaleza es la existencia
del Paso Icalma, a través del cual se producen flujos que conectan
con las localidades argentinas de Villa Pehuenia, Zapala, Neuquén
y Aluminé.
La
base turística de esta zona la constituyen los elementos naturales
y su belleza paisajística, que permiten el desarrollo de actividades
deportivas, recreativas y culturales, tales como deportes de invierno,
campismo, pesca deportiva, cabalgata, navegación y etnoturismo. Siendo
la oferta de equipamiento e infraestructura es básico, considerando
alojamientos, pensiones, restaurantes, zonas de camping y estaciones
de servicio.
Según
el PLADETUR9 de la Comuna de Melipeuco, existen determinadas
“zonas de protección ecológica”, las que “Corresponde
a aquellas áreas que deben ser mantenidas en estado natural, para asegurar
y contribuir al equilibrio y calidad del medio ambiente, como asimismo
preservar el patrimonio paisajístico. Se consideran en estas zonas,
los sectores altos de las cuencas hidrográficas, reservorios de agua
y cauces naturales, preservación del recurso nieve, las cumbres y farellones
y los enclaves de flora y refugios de fauna no incluidos en el SNASPE”10.
De
esta forma existen determinadas áreas que por sus Recursos Paisajísticos,
Turísticos, y/o Culturales de significancia y valor que deben ser protegidas
por la Comuna y su Municipio. Dentro de estas áreas, encontramos que
su gran mayoría están dentro del área licitada para la Exploración
de Energía Geotérmica.
Volcán latente
ubicado a 35 Km. de Melipeuco, en cuya antigua caldera se localiza un
enorme glacial de 24 km2 de diámetro con hielos que superan los 600
metros de espesor. Se accede a través de una exuberante ruta de bosque
nativo, relictos de araucarias, extensos arenales e impresionantes flujos
de lava
-
Termas de Huechelepún (fuentes de aguas minerales):
Ubicadas a
25 Km. de Melipeuco urbano. Cuenta con una caseta de madera. Sus aguas
de una temperatura de 30º C, son minerales, gaseosas y cristalinas.
Se encuentran insertas en un paisaje natural exuberante.
Ubicado a 28
kms. al este de Melipeuco, posee una altura de 25 mts. Se encuentra
entre un espeso bosque nativo, habitado por una flora y fauna autóctona
como: araucarias, robles, coigue, ñirre, quila, choroy, carpinteros,
golondrinas, codornices, entre otras especies.
En la lengua
mapudungun significa “lago o laguna verde”. Está ubicada a unos
30 kms. aproximadamente de Melipeuco urbano y se encuentra rodeada de
bosque nativo, no es apta para el baño debido a que no hay playas y
a la gran cantidad de juncos y restos de árboles en sus orillas.
Ubicado a 24
kms de Melipeuco. Este salto tiene una altura de 75 mts. aproximadamente,
rodeado de una nativa vegetación, como coigues, hualles, raulíes,
ciprés de cordillera y una abundante fauna, como cóndores, choroy,
carpinteros, golondrinas, peucos, loicas, zorros y pumas entre otros
- Termas de
Molulco o Balboa (fuentes de aguas termales):
Ubicadas a
25 kms. al suroeste de Melipeuco. Sus aguas bordean los 60º C. Su infraestructura
está compuesta por una caseta rústica con tres tinas artesanales de
madera. Es accesible en os meses de enero a marzo.
Ésta es una
laguna ubicada en terrenos particulares a unos 2 kms de Melipeuco urbano,
en el sector de Huallerupe. Su fondo es de escoria volcánica y de aguas
cristalinas. Se formó por el desvío del río Allipén provocado por
la erupción del volcán Llaima en el año 1957. Cuentan los lugareños
que antiguamente en este lugar se emplazaba un cementerio mapuche.
-
Termas de Queipúe (fuentes termales):
Estas termas
se encuentran ubicadas a 30 kms. Al suroeste de Melipeuco. Es un yacimiento
termal, campo de geisers y fumarolas, enclavado en las faldas de los
Nevados de Sollipulli.
Este proyecto
Bicentenario es coordinado por CONAMA en conjunto con otra serie de
instituciones. La ruta es diseñada para ser recorrida a pie, caballo
y bicicleta.
Son 3 lagunas
insertas en parajes rodeados por araucarias, ñires, lengas y coihues.
Es también lugar de anidación de varias clases de aves, que necesitan
de estos ecosistemas para reproducirse. El acceso a estas lagunas es
por la comunidad Cayuman, distante a 15 kilómetros de Melipeuco.
En
el siguiente mapa se muestran los servicios turísticos presentes en
el área licitada, y las áreas afectadas por las posibles exploraciones.
Mapa 3: Servicios
turísticos dentro del área licitada. Sectores Alpehue, Casablanca,
Legnay, Tracura y Huechelepún.
Como
hemos visto en los mapas presentados con anterioridad, en la superficie
solicitada por ambas empresas existe una rica actividad turística.
Este eje de desarrollo ha sido definido como uno de los más importantes
de la comuna, y posee aún un rico potencial que desarrollar. Eso, si
logramos preservar los recursos naturales que lo sustentan.
Por
esta razón los empresarios turísticos de la comuna están muy preocupados
por la licitación Geotérmica que afectará sus emprendimientos.
En el anexo 2 veremos una lista de los emprendimientos turísticos que
se encuentran dentro del área licitada. En el anexo 3, tenemos las
cartas de oposición a la licitación firmados por 22 emprendimientos
turísticos del sector.
VII)
Conclusiones
Por
todo lo antes expuesto, podemos concluir que la Licitación del Área
Sollipulli tendrá graves efectos sobre las localidades rurales y urbanas
de la Comuna de Melipeuco, afectando especialmente al pueblo Mapuche.
La cultura Mapuche entiende una estrecha relación entre todos los elementos
de la cultura y el entorno o medio natural, por lo tanto la perturbación
de uno de ellos afectará sin duda los otros elementos:
- Se verán
afectados los aspectos religiosos ya que dentro del área
licitada encontramos distintos sitios relevantes para la cosmovisión
Mapuche como varias canchas de nguillatún, cementerios, y elementos
naturales que en sí son parte de la religiosidad del pueblo como los
ríos y los volcanes.
- E verán afectados
los aspectos culturales ya que en estos territorios de actualizan
y producen distintas actividades propias de la cultura Mapuche, mediante
la reproducción de las costumbres, redes, y lazos culturales tradicionales.
- Se verán afectados
los aspectos económicos ya que hay una estrecha dependencia
entre las actividades económicas que se realizan en las comunidades
y el territorio cordillerano. El piñoneo, la recolección de productos
forestales no maderables, el pastoreo de veranada, la recolección de
leña son algunos de ellos.
- Se verán afectados
los Recursos Naturales y Atractivos Turísticos. Ya que al deteriorar
y poner en riesgo la preservación de los recursos naturales del territorio
(Reserva Nacional Villarrica, Nevados del Sollipulli, glaciares, termas,
bosques de Araucarias, etc.) se están poniendo en riesgo los atractivos
naturales más importantes de la comuna, los cuales trabajados desde
una perspectiva sustentable, presentan un alto potencial de desarrollo
para sus habitantes mediante el desarrollo del Turismo.
- Estos Recursos
Naturales tienen un gran valor paisajístico, además de ser una
importante fuente de riqueza en biodiversidad. La gran variedad
de flora y fauna que habitan en estos sectores es muy delicada necesita
ser protegida y preservada.
- Por otro lado las
localidades y comunidades dependen de los cursos de agua, de
los ríos vertientes y esteros que surgen del territorio licitado. Estos
cursos de agua se alimentan de las aguas lluvia, pero sobre todo de
las aguas subterráneas que usarían las empresas geotérmicas, de instalarse.
Por otro lado, en este territorio se encuentra un gran glaciar que alimenta
los cursos de agua que alimentan los territorios del valle.
Bibliografía:
- CONADI. Ley
indígena Nº 19.253.
- INE, 2002. Censo
Nacional de Población.
- I. Municipalidad
de Melipeuco. PLADETUR. 2007. Plan de Desarrollo Turístico. Comuna
de Melipeuco. Provincia de Cautín, Región de la Araucanía.
- I. Municipalidad
de Melipeuco. 2006. PLADECO. Plan comunal de desarrollo. 2006-2010.
Melipeuco, IX Región de la Araucanía.
- Ministerio de Minería.
2000. Reglamento para la aplicación de la Ley Nº 19.657, sobre concesiones
de exploración y explotación de energía Geotérmica. Santiago, 22
de Abril del 2004.
- Ministerio de Minería.
2000. Ley sobre Concesiones de Energía Geotérmica. LEY Nº 19.657
del Ministerio de Minería. Publicada en el Diario Oficial el 7 de Enero
del 2000.
- OIT. Convenio 169
sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes.
- Territorio Lifko.
2008. Plan de Desarrollo Territorial.
Anexos
- Anexo Nº1: Títulos
de Merced de las comunidades acreditando su propiedad dentro del area
solicitada.
- Anexo Nº2: Iniciativas
Turísticas dentro del area Licitada
- Anexo Nº3: Cartas
de oposición de Empresarios y emprendimientos turísticos del sector.