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Contaminación del Río Cruces POR TANTO, en mérito de lo expuesto y a lo dispuesto en los artículos 19 Nº 1,8, 21 y 24 y 20 incisos 1º y 2º de la Constitución Política de la República, Auto Acordado Sobre Tramitación y Fallo de Recurso de Protección de la Excelentísima Corte Suprema y artículos 8º de la Ley 19.300, 2 del Reglamento sobre el Sistema de Evaluación de Impacto Ambienta y Resolución de Calificación Ambiental Nº 279 /98 de la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Los Lagos. SOLICITO A VSI., Tener por presentado recurso de protección en contra de Celulosa Arauco y Constitución SA, representada por su gerente José Vivanco previamente identificado, en relación con las faenas de la Planta Celulosa Valdivia ubicada en la comuna de San José de la Mariquina, acogerlo a tramitación dado que se presenta dentro de plazo y en definitiva darle lugar a todas sus partes disponiendo que se debe someter a un Estudio de Impacto Ambiental las siguientes modificaciones a la Resolución de Calificación Ambiental: a.- Descarga de aguas producidas por rebalses de la piscina de decantación, la cual recolecta gravitacionalmente las aguas lluvias provenientes de las canchas de acopio de madera. b.- Aumento de producción respecto de lo establecido en la RCA que es de 550.000 a 850.000 ton/año. c.- Aumento del diseño de la laguna de contención de derrames, la cual estaría diseñada para una contención de 24 horas y se diseñó para 48 horas del volumen del efluente. d.- Modificaciones al sistema de tratamientos de residuos sólidos observados en el informe de MA&C consultores y que se detallan en el Nº 10 de la exposición de hechos de este recurso. Disponiendo además la paralización de las faenas de la Planta Valdivia de Celulosa Arauco y Constitución mientras se realice el Estudio de Impacto Ambiental. |