Santiago, 10 de mayo de 2004

Previenen sobre el uso y consumo de transgénicos:
Organizaciones ambientalistas reiteran necesidad de impedir el ingreso y la venta de alimentos transgénicos sin rotulación

Mientras las autoridades chilenas hacen oídos sordos a las advertencias sobre los riesgos que implica el uso y consumo de productos elaborados a base de organismos genéticamente modificados, dos nuevos hechos demuestran que la tendencia mundial avanza en sentido inverso.

La Unión Europea puso en vigencia el pasado 19 de abril nuevos reglamentos que extreman las exigencias del etiquetado de estos productos. A partir de esa fecha, todos los alimentos modificados genéticamente o elaborados a base de un transgénico -incluso cuando se trate de aditivos saborizantes o aromatizantes- deben indicarlo en la lista de ingredientes explicitada en el envase o en la etiqueta del producto. La misma exigencia es válida para los alimentos que se venden a granel y para el forraje de los animales.

Es decir, no sólo la soya modificada genéticamente debe venderse con una etiqueta que así lo especifique, sino que la misma obligación es válida para una ensalada que contenga brotes de soya transgénica o un alimento producido con algún ingrediente transgénico, como el aceite de maíz elaborado con maíz transgénico, el chocolate preparado con leticina de soya procedente de soya transgénica, etc. De esa manera, los Estados europeos asumen su responsabilidad de garantizar a los ciudadanos la entrega de información sobre lo que están comiendo y, a la vez, el pleno ejercicio de su derecho a decidir al momento de comprar sus alimentos.

Advertencia del PNUMA

Por otra parte, el último informe del PNUMA, GEO3, Estado del Medio Ambiente y Medidas Normativas (1972-2002), dado a conocer recientemente, advierte que los cultivos transgénicos pueden contaminar especies naturales del planeta y disminuir la biodiversidad. Por primera vez una institución de Naciones Unidas recomienda aplicar el Principio Precautorio en la producción y uso de organismos genéticamente modificados. Esto significa que las empresas fabricantes o elaboradoras deben probar científicamente que el producto no implica ningún riesgo para la salud humana y el medio ambiente antes de ponerlo en el mercado.

El informe señala que la biotecnología, la cual está generando grandes cambios en la agricultura, la industria y la medicina, también pueden hacer peligrar la diversidad natural por contaminación genética. Es decir, reconoce la posibilidad real de que genes modificados pasen descontroladamente de una especie a otra , ya que los genes naturales lo hacen con frecuencia en la naturaleza. El informe cita, como ejemplo de esta intromisión de genes modificados en variedades domésticas y silvestres, el caso de contaminación transgénica del maíz mexicano, denunciado y debatido ampliamente en el último tiempo. Uno de los peligros principales es que esa intromisión afecte sus características (del maíz natural), poniendo en peligro una biodiversidad que es fundamental para la seguridad alimentaria de la humanidad, advierte el documento del PNUMA.

Transgénicos en Chile

Los antecedentes mencionados ponen en primer plano las reiteradas demandas expresadas por la Red de Acción en Plaguicidas y sus Alternativas para América Latina (RAP-AL) y la Alianza por una Mejor Calidad de Vida a las máximas autoridades del país.

El 17 de enero de 2003, las organizaciones integrantes de RAP-AL Chile -Alianza por una Mejor Calidad de Vida, Observatorio Latinoamericano de Conflictos Ambientales (OLCA) y la Organización de Consumidores y Usuarios de Chile (ODECU) se hicieron parte de un recurso de protección contra el Presidente de la República y el Ministro de Salud por amparar ilegalmente el ingreso y la venta de alimentos transgénicos o elaborados con materias primas de esta naturaleza. La ilegalidad se debe a que no se contó con la autorización de los Servicios de Salud y que los alimentos se comercializan sin rotulación. Ambas exigencias, omitidas en forma arbitraria, estaban contempladas en al artículo 3º del Código Sanitario y en los artículos 106 y 107 del Reglamento Sanitario.

En julio del 2003 las organizaciones ambientalistas mencionadas reiteraron sus planteamientos al rechazar la propuesta entregada al Presidente de la República por la Comisión Nacional para el Desarrollo de la Biotecnología de no etiquetar los alimentos transgénicos. Esto implica, lisa y llanamente, eliminar las disposiciones legales citadas. En esa oportunidad, RAP-AL y otras organizaciones, como la Corporación de Investigación en Agricultura Alternativa (CIAL) y la Asociación Nacional de Mujeres Rurales e Indígenas (ANAMURI) denunciaron que durante los últimos cinco años se ha llegado a un punto en el que casi todos los alimentos que se expenden al público en el país contienen una base transgénica.

Nuestra preocupación responde a las incertidumbres sobre los efectos nocivos que los transgénicos tienen para la salud, como alergias, resistencia a los antibióticos y otros problemas, además del peligro para el medio ambiente, por reducción de la biodiversidad, señaló María Elena Rozas, coordinadora nacional y regional de RAP-AL. Por eso, el objetivo del recurso de protección es impedir el ingreso y la venta de alimentos transgénicos o elaborados con materias primas de ese tipo que no sean rotulados, en defensa del derecho a saber de los ciudadanos.