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Conflictos ambientales en México
Fuente: www.reforma.com (19 de marzo de 2006)
Por Criselda Farías, Sonia Pérez y Rolando Chacón México (19 marzo 2006).- En México, la extracción de carbón mineral en minas de profundidad es la actividad económica más peligrosa. Además, en los municipios de la Región Carbonífera de Coahuila, donde se concentra el 100 por ciento de la producción nacional de carbón, hay más defunciones en proporción en relación con su población. El sector minero es el que presenta mayores índices de accidentes, incapacidades, discapacidades y padecimientos severos. Datos de la Secretaría del Trabajo y el IMSS señalan que en 2004, última estadística disponible, la tasa de incidencia de accidentes y enfermedades laborales en el sector minero fue de 10.33 por cada 100 trabajadores; la tasa de riesgo para el resto de las actividades productivas fue de 2.3. La diferencia es clara: la extracción de carbón el nivel de riesgo es cinco veces más alto que el de otras ocupaciones, como las industrias de construcción y de transformación. Entre las enfermedades que desarrollan los mineros se encuentran padecimientos pulmonares, acumulación de sustancias en tejidos corporales, pigmentación de la piel y lengua, problemas de vista, deformaciones, perturbaciones reumáticas, daños en tendones, entre muchos otros. El origen de estas enfermedades se encuentra en la constante exposición a sustancias tóxicas que se encuentran en el interior de las minas así como en el trabajo duro y repetitivo que degenera en padecimientos producidos por factores mecánicos. "Las enfermedades que se producen en los trabajadores de minas son asintomáticas, y llegan a presentarse regularmente después de 10 años de trabajo, aunque dependerá de la actividad que desarrollen y las condiciones orgánicas individuales", explicó Mayra Leticia Nieto Hernández, especialista en Medicina del Trabajo. La doctora destacó que la mayor parte de los padecimientos vinculados a la actividad minera son irreversibles, por lo que los trabajadores afectados no reciben un tratamiento médico. Rosalía Hernández Bonilla, coordinadora auxiliar en el Departamento de Salud en el Trabajo del IMSS, señaló que para el pago por la pérdida de algún miembro o por enfermedad producto del trabajo, los médicos valoran lo que se denomina "pérdida de capacidad funcional", es decir de lo que el miembro puede aportar al trabajo futuro del paciente. Una vez calculada la "capacidad funcional" se define el valor económico, mismo que está directamente ligado al salario con que el trabajos está registrado ante el IMSS. Los médicos consultados aclararon que aun en caso de incapacidad permanente, un trabajador puede acceder a un máximo del 70 por ciento de su salario vigente registrado ante el Seguro Social. Sólo en casos extraordinarios el trabajador puede acceder a un porcentaje mayor. En caso de muerte, la viuda obtiene un 40 por ciento del salario del trabajador más un 20 por ciento extra por cada hijo menor de 16 años hasta un un máximo de tres hijos. |