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- Chile:

18 de Diciembre de 2011

¿Dónde se perdieron los tribunales ambientales?


Casos como el de la escuela de La Greda en Puchuncaví ponen sobre la mesa la necesidad de sancionar a quienes contaminan en perjuicio de la salud de de la población. Sin embargo el recientemente creado ministerio de Medio Ambiente no tiene las atribuciones para fiscalizar o sancionar. ¿Qué pasó con las instancias que lo harían y la figura del delito ambiental en Chile?

- Paula Correa

Más de un año ha pasado desde que empezó a operar la nueva institucionalidad ambiental. En octubre de 2010 comenzaron a regir tres instituciones públicas: la Superintendencia del Medioambiente, el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) y el ministerio. Sin embargo, quedaron pendientes los Tribunales Ambientales y el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas, que están en el Congreso.

En el momento en que se echó a andar la nueva institucionalidad se disolvió la Comisión Nacional del Medio Ambiente (Conama), entidad que tenía capacidad fiscalizadora y sancionatoria. Esas atribuciones no se traspasaron, ya que la Superintendencia del Medioambiente se haría cargo de estos temas, pero la entrada en operación del órgano quedó condicionada a la aprobación de los Tribunales Ambientales.

Por eso, hoy quien sanciona es el ministerio de Salud y no el de Medioambiente, lo que según el diputado DC, Patricio Vallespín, miembro de la comisión de Recursos Naturales de la Cámara Baja, constituye un error: “Uno no se explica por qué el Gobierno no le ha dado urgencia a un proyecto que ya ha sido revisado en las dos Cámaras. Hay puntos menores de discrepancia que tienen que resolverse en una comisión mixta y uno no entiende por qué esa comisión no ha funcionado y el Gobierno no le ha dado urgencia final al proyecto, para que salga”, dijo.

Por otro lado, el parlamentario se refirió a la urgencia de contar con la figura de “delito ambiental”, como ocurre en otros países, lo que permitiría proteger a las comunidades de la contaminación que emiten los grandes proyectos de extracción en el norte y el sur del país.

En este sentido, la directora ejecutiva de Fundación Terram, Flavia Liberona, advirtió que nuestro país cuenta con la figura, pero que no se puede ejecutar por falta de institucionalidad y de normativas: “Están consagrados en la nueva institucionalidad, pero como no están funcionando, hay que esperar que además estén los reglamentos. O sea, llevamos más de un año de nueva institucionalidad ambiental y el único reglamento aprobado es el del ministerio del Medio Ambiente, que constituye su ley orgánica, por así decirlo distribuye las jerarquías y las platas. Pero no hay reglamento nuevo de evaluación ambiental, no hay reglamente nuevo de consejo consultivo, no hay reglamento de Superintendencia. Son varios, de 14 a 16 reglamentos que no están hoy día”, aseguró.

Luego de ser aprobado en comisión mixta, el proyecto irá al Tribunal Constitucional, por lo que no estará vigente antes del mes de marzo. La ambientalista afirmó que para solucionar el tema, el Gobierno pasó una ley urgente que le permite a la nueva institucionalidad fiscalizar las resoluciones de calificación ambiental, pero no les permite fiscalizar planes de descontaminación, normas de emisión o de calidad, una situación que, afirmó, “es urgente de resolver”.

Fuente:
http://radio.uchile.cl/noticias/134364/

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