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Comunicado de la Coordinación de Territorios en Defensa de los Glaciares

14 de Junio de 2018

Organizaciones se pronuncian ante iniciativa legislativa que se jacta de avanzar en protección de glaciares


Comunicado de la Coordinación de Territorios en Defensa de los Glaciares ante la iniciativa de modificación del código de aguas que se jacta de avanzar en protección de glaciares.

- Ante la votación programada para el día jueves 14 de junio del presente en la Cámara de Diputados del “Proyecto de Ley que modifica el Código de Aguas para impedir la constitución de derechos de aprovechamiento de aguas sobre glaciares”[1], la Coordinación de Territorios en Defensa de Los Glaciares, que agrupa a diversos territorios a nivel nacional que se encuentran sobrellevando una lucha por proteger sus glaciares de proyectos extractivos, manifestamos el pleno rechazo a la iniciativa por los siguientes fundamentos con los que llamamos a los Diputados y Diputadas a votar en contra de este proyecto por ser infructífero y no configurarse en paso alguno hacia la protección de los glaciares y sus ecosistemas:

- Alarma y preocupación ante la iniciativa aprobada y despachada desde la Comisión de Medio Ambiente[2](Boletín N°11.597-12) de modificar un articulo al Código de Aguas (artículo 5°). Tanto por el artículo que reconoce a los glaciares como bienes nacionales de uso público y que prohíbe constitución de derechos de aprovechamiento de aguas en los mismos como por los artículos agregados con posterioridad que proponen definiciones sobre glaciares y prohibiciones de actividades en ellos, sin un sustento técnico ni social.

- La iniciativa es del todo inerte e incluso inconstitucional ya que la misma Corte Suprema ha criticado la clasificación de glaciares como bienes nacionales de uso público así como ha descartado de plano siquiera la posibilidad de la constitución de derechos de aprovechamiento de agua en estos: “A su turno, el artículo 4° establece su naturaleza jurídica sindicándolos como bienes nacionales de uso público, en circunstancias que forman parte del patrimonio ambiental de Chile, de modo que su categoría corresponde a la de bienes nacionales, conforme el inciso 1° del artículo 589 del Código Civil, dado que su uso no lo puede disponer la autoridad. Así, entonces, los glaciares no son un bien explotable, bajo ningún respecto. Conforme a lo anterior, los glaciares no pueden ser considerados simplemente como reserva de agua dulce y entregar a la Dirección de Aguas su supervigilancia, labor que debería ser de cargo, a lo menos, del Ministerio del Medio Ambiente, en tanto se crea un servicio especial al efecto [Servicio de la Biodiversidad y Áreas Protegidas, Boletín 9.404-12, artículo 6°, letras c) y h)], siendo una consecuencia deseable de su inclusión en la lista que se crea al efecto, que respecto de ellos quede prohibida cualquier actividad económica, incluso el turismo.” (Considerando quinto ver en:: http://olca.cl/oca/justicia/INFORME-PROYECTO-DE-LEY-DE-GLACIARES.pdf)

- A mayor abundancia, la definición propuesta de glaciares no contempla la diversidad que presentan los mismos y no se explicita los tipos de glaciares que existen. Se plantea que se reconocerá como tal mientras cubra un área igual o superior a 0,01 km2, lo que deja fuera de la definición al gran número de glaciares de menor área que se encuentran en el norte de Chile. Se detona una confusión al, aparentemente, plantear a los glaciares de roca como superficie rocosa. Siendo estricto, quedan fuera conceptos como “neveros” o “glaciaretes”[3]. Por otro lado, no todos los glaciares presentan evidencia de flujo, y el volumen también es un elemento fundamental de la caracterización, por lo que la definición es excluyente. Por último resulta gravísimo reparar en que esta definición fue altamente criticada por las comunidades y especialistas en el proceso del “Proyecto de Protección de Glaciares” de Bachelet.

- Se establecen prohibiciones a cinco grupos de actividades que podrían causar daño irreversible a los glaciares. Esto nos parece una definición extremadamente general que no previene el daño en glaciares pues se establecen criterios de actividades que “generen impactos significativos” u daño ambiental, cuantificación de impactos que no sirve frente a ecosistemas frágiles como los que se declara buscar proteger. Así las cosas, este articulo no es un avance en la protección de los glaciares ya que lo anterior es totalmente homologable a la desprotección actual que brinda la ley ambiental al respecto, en donde justamente en la actualidad se evalúa la aprobación de un proyecto en zona de glaciares o en glaciares analizando si hay impacto significativo o daño ambiental; lo que ha llevado a la destrucción de glaciares a lo largo del país como los glaciares que han sido afectados y dañados por Pascua Lama, Alto Maipo, Los Pelambres, CODELCO, entre otros.

- No se menciona el “permafrost” (suelos congelados) y no se detalla qué se entenderá por “ambientes glaciar y periglaciar”.

- Nos preocupa que en sólo cinco sesiones, aproximadamente dos meses y medio, la Comisión de Medio Ambiente[4]tramitó este proyecto sin la profundidad necesaria y dada la rapidez del proceso, imposibilitando el acceso al debate en la ciudadanía, más allá de las ONG.

- Nos alerta el llamado hecho por la comisión a reactivar el “Proyecto de Protección de Glaciares” de Bachelet, desconociendo el rechazo social y de expertos, del Instituto de Derechos Humanos (INDH) y de la Corte Suprema al mismo. Esta última fue lapidaria: “En definitiva, queda claro que la iniciativa permite desarrollar proyectos, obras y actividades de distinto orden, entre ellas las económicas: a) en los glaciares no incluidos en la declaración de reserva estratégica; b) en el entorno de los glaciares afectos a la declaración de reserva estratégica; y c) en los glaciares incluidos en la declaración de reserva estratégica, pero desafectados. Como se ha dicho, solamente se requerirá de un Estudio de Impacto Ambiental, que no debiera permitirse en ningún caso.” (Considerando séptimo Fallo Corte Suprema ver en: http://olca.cl/oca/justicia/INFORME-PROYECTO-DE-LEY-DE-GLACIARES.pdf)

- Las comunidades que defienden los glaciares que los nutren de agua, han demandado una ley de real protección de glaciares desde hace más de 15 años. Es por eso que rechazamos toda iniciativa que no considere la opinión de quienes luchan por su protección y que demandamos una ley que realmente proteja los glaciares y sus ecosistemas. Exigimos tal como ha dicho la Corte Suprema una ley que proteja realmente los glaciares y sus ecosistemas.

Coordinación de Territorios por la Defensa de los Glaciares

Alerta Andina 244. Andes Libres ONG. Asamblea por el Agua del Guasco Alto del Valle del Huasco. Asamblea en Defensa del Elqui.Cofradía Adoratorio Cerro Mercachas. Colectivo Efímero.Colectivo La Savia. Comité ambiental de Diaguitas, localidad de Diaguitas, Valle del Elqui. Coordinadora Tres Ríos de Putaendo. Comunidad Indígena Diaguita Taucán del Valle del Choapa. Movimiento Cultural Aconcagua. Movimiento Socioambiental Valle de Putaendo. Oficina de Asuntos Rapa Nui. Observatorio Latinoamericano de Conflictos Ambientales. Observatorio de Conflictos Mineros América Latina. Pacto Mundial Consciente. Raíces de Aconcagua. Red Ambiental Norte (RAN), La Serena – Coquimbo. Red Metropolitana No Alto Maipo. Red Permacultores Aconcagua.Red por la Defensa de los Territorios del Wallmapu.Unión Comunal de Teno.Valles en Movimiento, Valle del Límarí

CONTACTO: defendiendo.glaciares@gmail.com;

[1] Moción parlamentaria presentada por las diputadas: Loreto Carvajal (PPD), Daniela Cicardini (PS), Cristina Girardi (PPD) y Camila Vallejo (PC) y los diputados Fidel Espinoza (PS) y Raúl Saldívar (PS) y los ex diputados Luis Lemus (PS), Daniel Melo (PS) y Clemira Pacheco (PS).

[2] El proyecto fue aprobado en general en la Comisión de Medio por las y los diputados José Miguel Castro (RN), Diego Ibáñez (RD), Félix González (PEV), Amaro Labra (PC), Karin Luck (RN), Celso Morales (UDI), Catalina Pérez (RD, Presidenta de la Comisión) y Daniel Verdessi (DC).

[3] En Argentina, el no reconocimiento de los glaciaretes en la ley de protección de glaciares, se ha judicializado procesando a funcionarios públicos y científicos pues esa omisión permitió la intervención de glaciares por parte de la minería.

[4] Compuesta por las y los diputados: Catalina Pérez (RD), Sebastián Álvarez (Evópolis), José Miguel Castro (RN), Cristina Girardi (PPD), Felix González (PEV), María José Hoffmann (UDI), Diego Ibáñez (RD), Amaro Labra (PC), Karin Luck (RN), Celso Morales (UDI), Gastón Saavedra (PS), Sebastián Torrealba (RN) y Daniel Verdessi (DC).

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