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Causa continúa en la Corte de Santiago

28 de Mayo de 2020

Tribunal Constitucional acoge recurso de Monsanto para rebajar millonaria multa tributaria



Se trata de un recurso de inaplicabilidad que señala la inconstitucionalidad de la aplicación de una norma que obliga a Monsanto a pagar cobros tributarios por más de 3 mil millones de pesos, incluidos intereses. El TC ya ha fallado en causas similares, provocando rebajas en el pago de multas, como es el caso de Julio Ponce Lerou y su ex brazo derecho, Roberto Guzmán Lyon.

Por Paula Huenchumil y Camilo Solís

- En diciembre de 2019 Monsanto acudió al Tribunal Constitucional para evitar el pago de intereses de una deuda tributaria de más de 3.000 millones. En ese momento, la multinacional calificó que el millonario cobro desde el Servicio de Impuestos Internos (SII), era “desproporcionado e injusto”.

Según publicó La Tercera, desde 2010 la empresa Monsanto Chile -controlada por la empresa alemana Bayer- mantiene un conflicto con el Fisco, debido a la labor del SII de fiscalizar los precios de transferencia en operaciones entre partes relacionadas con domicilio en el extranjero durante el año comercial de 2009.

“De acuerdo al SII, la rentabilidad no era razonable debido a que estaba por debajo de los resultados de otras empresas similares, con las cuales se compararon”, dice el fallo al exponer los argumentos fiscales.

En base a lo anterior, el SII cobró liquidaciones que Monsanto consideró injustas e inconstitucionales. La multinacional presentó un reclamo tributario señalando la falta de fundamentación en el cobro de estos impuestos ante el Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero de Santiago, el cual emitió una sentencia recién el día 14 de diciembre de 2018, la cual reafirmaba el pago de la la liquidación reclamada.

Para revertir esta situación, Monsanto presentó un recurso de apelación ante la Corte de Apelaciones de Santiago el 23 de enero de 2019, y el 26 de noviembre recurrió ante el Tribunal Constitucional mediante un recurso de inaplicabilidad para que se pronuncie sobre la constitucionalidad de la aplicación de la norma que impone a Monsanto el pago del monto total.

La empresa alegó mediante este recurso la inconstitucionalidad de la aplicación del precepto contenido en el artículo 53 del Código Tributario, el cual señala que: “El contribuyente estará afecto, además, a un interés penal del uno y medio por ciento mensual por cada mes o fracción de mes, en caso de mora en el pago del todo o de la parte que adeudare de cualquier clase de impuestos y contribuciones. Este interés se calculará sobre los valores reajustados en la forma señalada en el inciso primero”.

La alegación de Monsanto señala que los intereses penales que ha supuesto la larga tramitación de esta causa son desproporcionados, y que la aplicación de la norma citada anteriormente supone una contravención a los principios de igualdad ante la ley (en relación a su contraparte: el SII) y no discriminación arbitraria, en cuanto a lo procedimental.

El SII argumentó que "la norma impugnada no importa desproporción o falta de razonabilidad, desde que, sobre la base además de un sistema de autodeterminación impositiva en que el contribuyente declara y paga su impuesto, persigue como finalidad incentivar el pago correcto y oportuno de los tributos, y desincentivar el incumplimiento de dicha obligación".

Y sobre el principio de igualdad ante la ley, señaló que no puede considerarse tal porque "la tasa de interés del artículo 53 se aplica por igual a todo contribuyente que registre deuda morosa, de modo que no se vislumbra cómo, a diferencia de los demás contribuyentes, la requirente sería objeto de una actuación caprichosa o arbitraria de la autoridad".
Finalmente el recurso de inaplicabilidad fue acogido por el Tribunal Constitucional el 28 de abril de este año.

Esta entidad argumentó que en el caso de estos impuestos penales “la tardanza no es imputable a la requirente”, además de señalar que “lo anterior descarta que exista un retardo netamente imputable en el cumplimiento de las obligaciones, sino que también un tardío cobro de impuestos en que ha tenido incidencia la autoridad”.

“En cifras al momento de interposición del requerimiento, lo que la requirente adeuda por concepto de intereses moratorios excede en más de un 170% al capital adeudado, estableciéndose a la fecha una deuda total de $ 3.078.114.900, de la cual el monto de la deuda neta en capital de la obligación tributaria cuya existencia aún se discute es de $ 861.355.703. Es decir, sólo por intereses la deuda asciende a asciende a $ 2.216.759.197, contando el reajuste”, señala el documento de la sentencia.

“Por todas las razones señaladas en la presente sentencia, este Tribunal concluye que la aplicación del interés penal previsto en el inciso tercero del artículo 53 del Código Tributario [...] contraviene las garantías constitucionales contenidas en los números 2 [igualdad ante la ley] y 3, inciso 6° [garantías procesales], del artículo 19 constitucional. Por dicho motivo, se declarará su inaplicabilidad por inconstitucionalidad”, señaló la sentencia del TC.

Debido a esta sentencia del TC, el recurso de apelación que se encuentra en tramitación en la Corte de Apelaciones de Santiago fue reanudado el 25 de mayo de este año. Además, el 26 de este mes, esa corte comunicó a Tesorería General de la República la suspensión del cobro a Monsanto mientras dure la causa.

Ahora está en manos de la Corte de Apelaciones interpretar la sentencia del Tribunal Constitucional en lo que respecta al caso particular que se encuentra tramitando, pudiendo desestimar o ratificar el criterio del TC.

Fallos similares

Esta sentencia del Tribunal Constitucional guarda algunas similitudes con otros fallos en que el TC se ha pronunciado sobre recursos de inaplicabilidad en temas tributarios. En varios de ellos, este tribunal ha dictado sentencias que han tenido como efecto final rebajas considerables en el pago de impuestos de algunos privados.

Es el caso del recurso de inaplicabilidad que posibilitó que Roberto Guzmán Lyon, ex brazo derecho de Julio Ponce Lerou, tuviera una rebaja desde 550.000 UF a tan solo 75.000 UF, en una multa que perseguía la SVS en el marco del caso Cascadas. El criterio del Tribunal Constitucional fue ratificado por la Corte de Apelaciones de Santiago, en este caso.

El propio Julio Ponce Lerou también obtuvo una considerable rebaja en el monto de la multa que debía pagar por el caso cascadas. En este caso, también fue una sentencia del Tribunal Constitucional ratificada por la Corte de Apelaciones de Santiago, la que motivó que su multa fuera reducida de alrededor de 1 millón 700 mil UF a tan solo 75 mil UF.

Colegas de escuela

Volviendo al caso de Monsanto, un hecho llamativo en todo este procedimiento dice relación con el vínculo laboral que años atrás tenía uno de los ministros del Tribunal Constitucional con uno de los abogados que participó como representante de Monsanto ante el TC.
Los abogados que representaron a esta empresa en el requerimiento que realizaron ante el Tribunal Constitucional fueron Rodrigo Aros Chia, Manuel Jiménez Pfingsthorn y Manuel Antonio Bernet Páez.

Rodrigo Aros Chia, es un antiguo conocido de Miguel Ángel Fernández, ministro del TC, quien falló a favor de acoger el recurso de inaplicabilidad que ganó Monsanto.
Ambos han realizado una copiosa actividad académica en la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Chile, como profesores en ramos relacionados al ámbito del derecho constitucional. Esta relación laboral no era la de colegas que no se ven las caras de manera usual, sino que, al menos durante el año 2011, dictaron a en conjunto la misma sección del curso de nombre “Instituciones Políticas Chilenas”.

El intento de acabar con la marca Monsanto

Monsanto es el mayor productor mundial de semillas transgénicas, principalmente de maíz y soja, además es conocida por la venta de herbicidas como el Roundup, producto agroquímico más usado en el mundo.

En junio de 2018 Monsanto desapareció como marca corporativa después de que la empresa alemana Bayer adquiera la multinacional norteamericana de pesticidas y transgénicos por 66.000 millones de dólares.

Esta megafusión no fue recibida con agrado por “los ambientalistas y otras organizaciones de ayuda, debido a las críticas que genera Monsanto por sus productos modificados genéticamente y por el uso del controvertido herbicida glifosato, considerado cancerígeno por algunos estudios”,
indicó ese año la Deutshe Welle.

Un caso emblemático ocurrió en agosto de 2018 con la demanda del jardinero Dewayne Johnson de California, Estados Unidos, quien recibió un fallo a su favor en una demanda que demostró la relación que hay entre el cáncer que padece y la sustancia química de un herbicida de la empresa, según publicó la BBC.

Según este mismo medio, el glifosato, uno de los ingredientes activos en productos de Monsanto, fue introducido al mercado en 1974. Se usa en agricultura y silvicultura para el control de la maleza en áreas industriales, sin embargo, su efecto sobre las plantas no es selectivo, lo que significa que mata a la mayoría. Ante ello, algunos cultivos -como la soja- han sido genéticamente modificados para resistir al glifosato.

En Chile, el 5 de junio de 2019, en el marco del Día Mundial del Medio Ambiente -promulgado en 1974 por las Naciones Unidas- la Red de Acción en Plaguicidas y sus Alternativas para América Latina advirtieron sobre las consecuencias que acarreó la instalación de la empresa en el país.
“La fusión de Bayer con Monsanto implicó la absorción de las plantas bajo distintos nombres. Así hoy Bayer controla, entre otras, la planta de tratamiento de semillas de Paine, cuya ampliación está en curso; una planta de acopio de semillas en Melipilla; la planta Santa Julia de tratamientos de riles [residuos industriales líquidos] ubicada en Graneros; y las bodegas de plaguicidas de Bayer ubicadas en distintas regiones”, consignó Radio Universidad de Chile.

Este lunes 25 de mayo de 2020, el grupo farmacéutico alemán Bayer llegó a acuerdos verbales para resolver cerca de 125.000 demandas por casos de cáncer en Estados Unidos sobre el uso del herbicida Roundup.

Los acuerdos, que aún no se han firmado, “forman parte de un plan de Bayer de US$ 10.000 millones para poner fin a una costosa batalla legal que la compañía heredó cuando adquirió Monsanto en 2018, dijeron las personas. Si bien algunos abogados aún no han pactado, los pagos por casos resueltos oscilarán entre varios millones y varios miles de dólares cada uno, dijeron las personas, que pidieron permanecer en el anonimato porque no están autorizadas a hablar en público”, indica el Diario Financiero.

El diario Buenos Aires Económico informa que para la empresa es prioritario dejar atrás el conflicto Roundup y que la noticia de este lunes -que les permitiría zanjar hasta la mitad de las denuncias que debe afrontar la compañía en Estados Unidos- fue un “alivio” para los inversores. El resultado fue un aumento del 10% en la Bolsa de Francfort, “un impulso que permite alejar su cotización de sus recientes mínimos desde el año 2012”.

Paula Huenchumil y Camilo Solís

INTERFERENCIA


Fuente:
https://interferencia.cl/articulos/tribunal-constitucional-acoge-recurso-de-monsanto-para-rebajar-millonaria-multa-tributaria

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