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- Chile:
“Llamamos a rechazar todas las indicaciones y defender el espíritu del proyecto Original”

18 de Noviembre de 2020

Proyecto de Ley de Glaciares: Senadores de oposición ceden a la presión y presentan indicaciones que legalizan la destrucción



La tarde previa a la sesión de la Comisión de Minería y Energía del miércoles pasado, 11 de noviembre, que debía votar el proyecto, la Sala del Senado acordó un nuevo plazo para ingresar indicaciones. Además de los senadores de “oposición” Provoste (DC), Girardi (PPD) y Elizalde (PS), presentaron indicaciones los senadores García Huidobro (UDI) y el senador Juan Castro Pietro (RN), ambos senadores por el Maule. Ante lo sucedido y luego de analizar las nuevas indicaciones sistematizadas en el comparado, declaramos lo siguiente:

1. Nos parece impresentable esta apertura a nuevas indicaciones en último momento y a espaldas de la ciudadanía. Vemos con profundo malestar que la denunciada estrategia dilatoria para no llegar al momento de la votación del proyecto durante sesiones, cursó efecto tras la materialización de esta jugada, confirmando que es el resultado de la cocina que denunciamos en agosto. La que de manera grave contradice lo expresado y buscado por Girardi y Provoste una semana antes; el senador comunicando que pediría votar el proyecto “tal como está”, es decir votar el proyecto original con el paquete anterior de indicaciones, y la senadora por su parte expresando que pediría que el proyecto se despachara de la Comisión de Minería.

2. Reprochamos enérgicamente que los senadores de “oposición”, en vez de unirse para votar en contra de la indicación del gobierno, se unan para presentar una indicación que al final, va en el mismo sentido que la del gobierno; la desprotección, la relativización, la flexibilización, y la regularización y legalización de la intervención, perdiendo y cediendo el necesario sentido del proyecto original (inspirado en la ley de protección de glaciares Argentina) que concibe que la protección de los glaciares refiere la preservación del ECOSISTEMA GLACIAR, en donde tanto ambiente glaciar, como periglaciar y sistema permafrost son intocables.

3. La propuesta establece, por ejemplo:

– Una definición de glaciar en la que se dispone un criterio excluyente, puesto que se determina que deben tener una permanencia de al menos 10 años, y los que se vean reducidos en su tamaño a 0,1 há (o 1.000 m²), dejarán de ser considerados glaciares. En el proyecto original la definición no tiene este tipo de restricciones, las cuales sólo sirven para dejar espacios abiertos para la desprotección.

– Sólo se establece la prohibición general a todo tipo de actividades EN glaciares. Esto es importante, puesto que se apunta simplemente a proteger el objeto (o el hielo) pero no el espacio que lo circunda y que es fundamental para su permanencia. Muy por el contrario, de forma explícita se plantea que dicho territorio o ambiente periglacial, y lo mismo para el permafrost, puedan ser intervenidos por medio de actividades y proyectos de inversión vía EIA aprobados en el SEIA.

– Se establece reconocer a los glaciares como Bienes Nacional de Uso Público. Años atrás y analizando el proyecto de (des)protección glaciar de Bachelet, la Corte Suprema señaló claramente que, “forman parte del patrimonio ambiental de Chile, de modo que su categoría corresponde a la de bienes nacionales, conforme el inciso 1° del artículo 589 del Código Civil, dado que su uso no lo puede disponer la autoridad”.

– Vemos con preocupación que sustituyen el ámbito de protección de los Glaciares, a diferencia de lo que plantea el proyecto original que apunta a todo el territorio nacional sin distinción. Esta nueva indicación abre paso a que la protección se aplique sólo para los glaciares y zonas periglaciares y permafrost identificadas en el Inventario Nacional tal como busca el Gobierno, lo cual es gravísimo ya que como hemos dicho de forma incansable no todos los glaciares están inventariados y muchos siempre quedarán fuera por temas de incapacidad de percepción. La ley no debe estar sujeta al Inventario.

– Finalmente, la propuesta señala burdamente que las actividades que se desarrollen en glaciares deberán cesar excepto aquellas en las que su paralización implique daño a un glaciar.

4. Que la protección no se aplique para el ambiente periglacial ni al permafrost, es un argumento demandado por las mineras que persiste desde los anteriores procesos de proyectos de ley. Llamamos a que se ponga atención sobre la importancia del permafrost, como fuente de agua, algo que incluso fue reconocido por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) en su informe anual del 2015, cuando se tramitaba el proyecto de glaciares de Bachelet. El instituto señaló: “La posición del Poder Ejecutivo en orden de disminuir la protección inicial, mediante sus indicaciones sustitutivas, es de preocupación, ya que no se establece una protección general de los glaciares, y además desprotege otras categorías de hielos, como el permafrost, que sí cumpliría funciones análogas a los glaciares”. Por tanto, de aprobarse estas indicaciones también vulnerarían los Derechos Humanos.

5. Finalmente es un ataque al sentido común y a la experiencia en carne de los territorios. Los mismos senadores de “oposición” han manoseado lo ocurrido con el proyecto Pascua Lama, usándolo de ejemplo de destrucción de glaciares, sin embargo, hoy proponen indicaciones que dan pie a nuevos proyectos como ése. Pascua Lama es el proyecto que a la fecha ha tenido el “mayor estándar” de protección brindado por el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental: Se aceptó el proyecto con la condición de no tocar, remover y destruir los glaciares descubiertos (blancos), no obstante, aparte de que la empresa los impactó directamente (cuando en rigor no podían), gran parte de la causa de su afectación fue por obras indirectas realizadas en sus alrededores, es decir, en el ambiente periglacial.

6. Volvemos a exigir la Inhabilidad de Prohens, el conflicto de interés que lo afecta es gravísimo y pone en mayor tela de juicio todo lo que sucede con la tramitación de este proyecto de ley. Seguiremos insistiendo hasta tener una respuesta a nuestra solicitud de inhabilidad.

7. Finalmente, llamamos a recapacitar a los senadores de la “oposición”, ya no están los tiempos para la medida de lo posible. Y por última vez los llamamos a rechazar todas las indicaciones y resguardar el espíritu original del proyecto que es el que corresponde en los tiempos que vivimos. Debemos entender que lo que está en juego es crucial para el presente de millones de habitantes y el futuro de las próximas generaciones. La VIDA, para humanos y los ecosistemas, depende del agua que proveen de forma constante los glaciares y otras crioformas, por lo que su correcta protección es una de las decisiones a nivel país de mayor envergadura. Estamos hablando de que no protegerlos, afecta “desde una perspectiva de los derechos humanos directamente en el goce y ejercicio de diversos derechos. Por impactar directamente al derecho a la vida, a una alimentación adecuada, a la salud, al trabajo y a participar de la vida cultural” tal cual lo sostuvo el 2015 el INDH en su informe anual.

COORDINACIÓN DE TERRITORIOS POR LA DEFENSA DE LOS GLACIARES

Agrupación del Camino Internacional (V), Andes Libres (RM), Asamblea autoconvocada por la Defensa del Agua Los Andes (V), Asamblea en Defensa del Elqui (IV), Asamblea por el Agua Guasco Alto (III), Baile Chino Cerro Mercacha (V), Centro Austral de Derecho Ambiental (X), Centro Ecológico Churque (RM), Colectivo Efímero (V), Comité Ambiental Teno (VII), Comunidad Indígena Taucan del Valle del Choapa (IV), Coordinadora 3 Ríos (V), Corporación del Medio Ambiente de Atacama CODEMAA (III), Elqui Sin Mineras / Elqui Sustentable (IV), Fridays for Future (V), Geoparque Valle de Petorca (V), Movimiento Socioambiental Putraintu (V), Nosotras Decidimos (V), OLCA (RM), Pacto Mundial Consciente (RM), Parque Andino Juncal (V), Putaendo Resiste (V), Raíces de Aconcagua (V), Red de Articulación Territorial Aconcagua Emerge (V), Red Metropolitana No Alto Maipo (RM), Red por la Defensa de los Territorios Wallmapu (IX), Red Regional Antimineras (XI), Unión Comunal Teno (VII), Valles en Movimiento Limarí (IV)

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