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- Chile:
Una ley innecesaria y peligrosa para la biodiversidad

10 de Julio de 2013

RAP-AL manifestó su enérgico rechazo ante la Comisión Agricultura del Senado al proyecto de Ley que pretende privatizar la semilla (UPOV91)


La fundamentación del proyecto de Obtentores Vegetales se relaciona con la supuesta obligación de promulgar el convenio UPOV 91, cuyo texto es la base para la formulación de esta ley. A nivel global, sin embargo, los países más ricos en biodiversidad y con economías agrarias más importantes, NO han firmado el citado convenio ni tampoco reformado sus leyes de semillas. En América Latina es el caso de Argentina, Ecuador, Bolivia, Colombia, Venezuela, Uruguay, Brasil, México, Nicaragua y Paraguay. A nivel global, China, Kenya, Noruega, Nueva Zelanda, Portugal, y Sudáfrica tampoco lo han suscrito. La mayoría se mantienen como firmantes del convenio UPOV 78 resistiendo las presiones de Estados Unidos.

Este proyecto tiene una relación directa con “obtenciones” de la biotecnología desarrolladas a partir de los recursos genéticos del país, pero jurídicamente el proyecto no cautela la protección de ese patrimonio. Chile no cuenta aún con una Ley de Biodiversidad y aunque signatario del Convenio de Biodiversidad, es uno de los dos países latinoamericanos que no ha ratificado el Protocolo de Cartagena sobre Bioseguridad de la Tecnología. Tampoco ha ratificado el Protocolo Suplementario de Nagoya (2010) sobre Acceso a los Recursos Genéticos y Participación Justa y Equitativa en los Beneficios Derivados. Chile incluso es punto focal de este tratado, con Javier García como representante del Ministerio de Medio Ambiente en este Protocolo sobre acceso, de carácter suplementario al de Cartagena. No ratificarlo es grave porque el proyecto que analizamos, aumenta las facilidades para el ejercicio de la biopiratería.

Cualquier planta medicinal y/o de uso tradicional por comunidades campesinas e indígenas, podría ser registrada fácilmente por un obtentor si no es comercialmente conocida, no está inscrita en un registro oficial y se le introduce un cambio cosmético. Posteriormente el dueño del registro podrá impedir el uso de esa planta medicinal por la comunidad, alegando que es una variedad derivada esencialmente de la anterior o que no es claramente distinta de la que él ha manipulado (artículos 5, 6 y 7).

Chile tampoco ha firmado un segundo Protocolo Suplementario al Protocolo de Cartagena sobre Bioseguridad de la Tecnología, llamado Protocolo de Nagoya/Kuala Lampur Sobre Responsabilidad y Compensación, cuyo objetivo es “contribuir a la conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica, teniendo también en cuenta los riesgos para la salud humana, proporcionando normas y procedimientos internacionales en la esfera de la responsabilidad y compensación en relación con los organismos vivos modificados”. Este último instrumento ya fue firmado por Brasil, Colombia, México, Panamá y Perú, entre otros (http://bch.cbd.int/protocol/parties/).


Situación actual del Registro de Obtentores
Desde el año 1996 Chile ya cuenta con un registro de obtentores vegetales y a la fecha existe un total de 707 variedades de especies agrícolas, frutales, ornamentales y forestales registradas, según SAG. Un examen del registro permite afirmar que los obtentores son en su gran mayoría empresas extranjeras. Es así como del total de 141 variedades protegidas de especies agrícolas, Semillas SZ (de varias empresas holandesas) ha registrado 27 variedades. Monsanto ha registrado 22, en tanto que ANASAC detenta 14 registros para empresas propietarias también extranjeras, de Nueva Zelanda, Francia, y Australia. Monsanto obtiene royalties por distintos tipos de arvejas, cebollas, cilantro, frejol, lechuga, melón, pepino y tomate. Las variedades de ANASAC son para forraje: ballicas, pastos y tréboles, más trigo harinero. Semillas SZ por su parte ha registrado 22 variedades de papas. La transnacional Bayer tiene 6 obtenciones de alcachofa, a través de la semillera Nunhems. Junto a Monsanto, forma parte de ANPROS, la Asociación Nacional de Productores de Semillas que ha desarrollado un intenso lobby a nivel parlamentario y de la prensa a favor de este proyecto de ley.

En el rubro de las especies ornamentales no hay obtentores chilenos. De las 99 variedades registradas, 93 lo son por Holanda. Entre ellas está la alstroemeria, obtenida a partir de una especie nativa chilena, sin que ello signifique para el país ningún tipo de royalty.
Los obtentores chilenos se concentran en el rubro agrícola, siendo el ex presidente de ANPROS Erick von Baer, cuya empresa sigue siendo miembro de la directiva de los semilleros, quien registra el mayor número de variedades: de cebada, avena, quinoa, entre otros. El INIA y Fundación Chile son las únicas entidades públicas que figuran en el registro actual, el primero con apenas 10 obtenciones, y Fundación Chile con 1. Agric. Panam Seed Service detenta 7 variedades de maíz, Alliance Semillas tiene 2 de frejol y Anasac una de trébol rosado.

En frutales, que concentra el mayor número de variedades (461) hay sólo 23 variedades en manos de empresas o entidades chilenas. Casi la mitad de las 461 inscripciones están registradas por empresas y universidades norteamericanas. Entre la decena de países que registran variedades en Chile, están Nueva Zelanda (40), España (30), Francia (23), Israel (20). La frutilla, de la cual Chile es centro de origen, está registrada por empresas de Estados Unidos (24) y España (3 obtenciones). Como se ve, unos pocos países del norte global monopolizan el negocio de los registros y sus respectivos royalties.

Es llamativo que en el registro actual del SAG no figuren las plantas medicinales, lo cual explicaría el lobby empresarial para cambiar la ley e incluir también este tipo de especies, junto a otros aspectos que aseguran una mayor renta para este negocio que ya es una próspera realidad. La extensión de la duración del registro, de 15 a 20 y 25 años, y la prohibición de la guarda e intercambio de semillas (artículos 48 y 49), así como la facultad entregada al obtentor para perseguir judicialmente el uso indebido de las semillas registradas (Art. 48), sólo persiguen aumentar las ganancias de las empresas citadas y asegurar la expansión de los monocultivos a costa de la pequeña agricultura familiar campesina.
Este proyecto de ley contradice las nuevas políticas de la FAO que a partir de la declaración de 2014 como “Año de la Agricultura Familiar Campesina” está impulsando en América Latina y el mundo, iniciativas de respuesta al problema del hambre y a los desafíos planteados por el cambio climático a realizarse con comunidades de la agricultura familiar.


Promoción de farmocultivos
Este proyecto de ley no exige inocuidad para las nuevas obtenciones, y en su mensaje de introducción (Artículo 1) sostiene que generará condiciones para el desarrollo de cultivos que actúen “como biorreactores generadores de vacunas”, es decir para la producción de farmocultivos a partir de especies alimentarias. Este tipo de cultivos transgénicos a campo abierto están prohibidos en la mayor parte de los países del mundo por el riesgo de que contaminen los cultivos de la misma variedad alimentaria. En Chile el Departamento de Genética de Ciencias Biológicas de la Universidad Católica de Santiago está desarrollando experimentos de tomate transgénico como vacuna contra la hepatitis y el cólera, proyecto que este tipo de ley viabiliza. Hay que recordar que Chile es centro de origen del tomate que se usaría como vacuna, y exporta productos derivados de este cultivo. Según ODEPA (Boletín“La Industria de la pasta de tomate”) el año 2013 el país exportó US $ 108.274.354 (valor FOB) en productos derivados del tomate. La expansión de este tipo de cultivos transgénicos significaría un riesgo para ese tipo de exportaciones alimentarias dado el peligro de contaminación de las variedades no transgénicas por la variedad (farmocultivo o vacuna) que incluiría toxinas peligrosas.

La mayor rentabilidad del negocio entregada por este proyecto puede atraer inversión en este tipo de farmocultivos con efectos altamente negativos para el conjunto de la agroindustria exportadora, similares a lo ocurrido con la miel. Es útil recordar que los consumidores de los países desarrollados adoptan en forma creciente patrones alimentarios que incluyen el rechazo de este tipo de alimentos por los riesgos que conllevan a la salud (efecto crónico ligado a cánceres y otras enfermedades).

Quién gana con la ley
Este proyecto beneficia fundamentalmente a los obtentores de semillas híbridas y transgénicas, un negocio cuyas reglas han sido abordado por el Congreso en un paquete de tres leyes relacionadas entre sí: el convenio UPOV 91, ya aprobado, la Ley de Obtentores, y la ley de Bioseguridad que de ser aprobada, sancionaría la expansión del negocio de los transgénicos hacia el mercado interno.
No es casual que sea ANPROS la principal agrupación gremial interesada en la aprobación de esta ley y de las otras dos. Su interés es asegurar mayores ganancias y garantías para ese sector, en desmedro de otras actividades agrícolas expuestas a la contaminación de sus productos por los cultivos transgénicos. La publicidad de ANPROS busca convencer al parlamento y a la sociedad de que el negocio de exportación de semilla es sumamente importante para la economía del país, en circunstancia que en realidad alcanza aproximadamente a los 400 millones de dólares anuales, una cifra muy menor en relación a las exportaciones totales del sector silvoagropecuario, que en 2012, alcanzaron a los US$12.315 miles de millones (ODEPA, Panorama 2012).
ANPROS ha expuesto en la Comisión de Agricultura a favor del convenio UPOV 91, y ha estado en dos oportunidades presionando por la aprobación de la ley de obtentores. Las tres leyes mencionadas favorecen al mismo sector ya mencionado y su efecto a largo plazo impactará negativamente en el sector agroexportador que hoy día tiene una importancia central en el país.

Quién pierde con la ley
En la temporada 2011-2012 se certificaron en Chile un total de 111.218 hectáreas orgánicas (Odepa, Agricultura Orgánica 2011-2012). Las exportaciones de este sector están creciendo pero la consolidación del sector exportador de semillas transgénicas representa un peligro evidente para el desarrollo de este tipo de agricultura, que por definición no utiliza insumos químicos (agrotóxicos) ni semilla transgénica. También afecta la exportación de semilla convencional.

En e l artículo 1 del mensaje de introducción a esta ley se menciona que este instrumento legal permitirá trabajar en la obtención de variedades orientadas al estrés hídrico, lo cual no se ha logrado en ningún país, a pesar de décadas de ensayos. Pero la transnacional Syngenta no necesitó de esta ley y ya está desarrollando este tipo de experimentos con maíz transgénico en el valle de Azapa Esos cultivos, sumados a los semilleros de exportación de maíz transgénico existentes en las regiones VI y VII ya están poniendo en riesgo la integridad de las razas de maíz propias de este país y en general, de los cultivos convencionales de maíz.
Alemania rechazó recientemente una partida de maíz exportado desde Chile, por estar contaminado con maíz transgénico NK603 (2/05/2013), que se exportaba como maíz convencional, lo cual fue informado por la prensa alemana. http://www.schleswigholstein.de/MELUR/DE/Service/Presse/PI/2013/0513/MELUR_130502_Saatgut.html

No fue la primera vez, esto también ocurrió en 2001, 2005, 2009, 2010, 2011. Este tipo de incidentes impactan negativamente en las exportaciones agrícolas de Chile, y existe el peligro de que se comiencen a exigir certificaciones europeas, como ha sido el caso en la miel.

Por otra parte, este proyecto de ley no ha sido discutido por los pueblos originarios de Chile, como dispone el Convenio 169. El Tribunal Constitucional, al pronunciarse sobre el convenio UPOV 91 observó que corresponde al Congreso llevar adelante ese proceso, cuestión que no se ha cumplido hasta el momento, aunque muchas organizaciones indígenas ya se han pronunciado en contra. Citaremos entre otras, la Red de de Semillas Libres del WallMapu, de la zona de la Araucanía, y organizaciones aymara del norte.

En síntesis, este proyecto de ley apunta a fortalecer un sector productivo de tipo monopólico y altamente contaminante porque utiliza agrotóxicos y semillas transgénicas, en desmedro de los productores orgánicos, agroecológicos y convencionales, y en detrimento del patrimonio genético de Chile y particularmente de sus comunidades campesinas e indígenas. Esta ley operará teniendo como elemento auxiliar el mercado y las instituciones del agro, que con su accionar aseguran en la práctica el desplazamiento de las semillas campesinas y locales y su reemplazo por las alternativas certificadas, ya sea híbridas o transgénicas para la exportación.

Como Red de Acción en Plaguicidas y sus Alternativas consideramos que esta ley debe ser rechazada, porque los intereses de los obtentores vegetales ya están suficientemente protegidos por la actual Ley de Semillas, Nº 19.234. Llamamos a Uds., como parlamentarios y miembros de la Comisión de Agricultura del Senado, a discutir y aprobar leyes a favor de la biodiversidad y la agricultura sustentable, y a impulsar la ratificación de convenios como los protocolos ya citados, emanados de Naciones Unidas, con el objetivo de proteger la biodiversidad y el valioso patrimonio genético del país, y de asegurar el derecho de los campesinos e indígenas a contar con semillas tradicionales, libres de patentes, transgénicos y plaguicidas, y a producir nuestros alimentos en forma sana y segura, con métodos agroecológicos.

Lucía Sepúlveda Ruiz, encargada del área de Semillas y Transgénicos de RAP-Chile
María Elena Rozas, Coordinadora Nacional Red de Acción en Plaguicidas Chile

Valparaíso, 8 de julio de 2013
Oficina de Comunicaciones y Administración RAP-Chile fono 02-2699 7375

Ver también:
RAP-Al_Chile_Obtentores_Senado080713.pdf

Fuente:
http://www.rap-al.org/index.php?seccion=8&f=news_view.php&id=596

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