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Fuente: www.diariodecuyo.com.ar: 22 de Julio, 2005 RÍO NEGRO
El largo debate parlamentario sobre el tema fue seguido con interés por una veintena de trabajadores de la empresa Aquiline, responsable del emprendimiento, con manifestaciones de repudio por la actitud mayoritaria de los legisladores. "Esta ley nos deja sin trabajo y clausura una industria que traía progreso a la zona sur", dijo uno de los miembros de esa comitiva. Unos treinta activistas de la fundación ecológica Uñopatún y del movimiento de vecinos autoconvocados de Jacobacci expresaron su satisfacción por el rechazo a la minería con cianuro. El cuestionamiento al uso de esos peligrosos productos químicos se fundamenta en la consecuente contaminación de los recursos hídricos de la región donde pudiesen instalarse ese tipo de explotaciones. La separación del oro respecto de otros minerales de exiguo valor se realiza mediante el proceso de lixiviación, utilizando cianuro o mercurio. La prohibición de este tipo de práctica fue aprobada por los bloques del radicalismo, PJ, ARI y Encuentro de los Rionegrinos, con 39 votos a favor y sólo tres en contra. Los tres miembros de la bancada "17 de Noviembre", una parte del peronismo, estuvieron a favor del uso de cianuro y mercurio con los resguardos que la legislación nacional contempla. En exposiciones que duraron seis horas los representantes del oficialismo fundamentaron el rechazo a elementos contaminantes, mientras los de la oposición explicaron su apoyo y también marcaron sus diferencias. Texto de la ley. Art 1. Prohibir en el territorio de la Provincia de Río Negro la utilización de cianuro y / o mercurio en el proceso de extracción, explotación, y/o industrialización de minerales metalíferos, en el marco de la Ley Nacional Nro 25.675, tratados y convenciones internacionales y demás leyes nacionales y provinciales vigentes en materia ambiental.- Art 2 . Las empresas y / o personas que a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ley posean la titularidad de concesiones de yacimientos minerales de primera, y o aquéllas que industrialicen dichos minerales, deben adecuar todos sus procesos a la previsiones del artículo anterior. |
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