BUSCAR en www.olca.cl


- Argentina:

03 de Julio de 2012

Corte Suprema revocó las medidas cautelares que frenaban la aplicación de la Ley de Glaciares


El Máximo Tribunal dejó sin efecto las medidas dictadas por la Justicia federal de San Juan que habían sido solicitadas por empresas mineras, entre ellas Barrick. De esa manera, la ley queda vigente, por lo que deberá hacerse un inventario de glaciares

- La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó este martes las medidas cautelares que frenaban la aplicación de la llamada “Ley de Glaciares” en la provincia de San Juan y, en consecuencia, dicha norma queda vigente, por lo que deberá realizarse un inventario de glaciares en todo el país, entre otras cuestiones.


Junto a uno de los glaciares en el proyecto minero Pascua Lama: Estacionamiento de camiones de alto tonelaje de Barrick.
Se trata de medidas cautelares dictadas por la Justicia federal de San Juan que habían sido requeridas por las empresas Barrick Exploraciones Argentina SA y Exploraciones Mineras Argentinas SA, a fin de que se suspenda la aplicación de seis artículos de la ley 26.639 para el emprendimiento minero Pascua Lama.

En concreto, las cautelares se referían a la definición de glaciar (art. 2), a la creación del Inventario Nacional de Glaciares (art. 3), a la realización de un inventario (art. 5), a la prohibición de actividades que impliquen la destrucción de glaciares (art. 6), a la obligación de realizar estudios de impacto ambiental (art. 7), y a la disposición transitoria que establece la obligación de presentar un cronograma para la ejecución del inventario y la obligación de someter a las actividades en ejecución al momento de la sanción de la ley a una auditoría ambiental (art. 15).

Según el fallo de la Corte –firmado por los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Santiago Petracchi y Juan Carlos Maqueda-, “la decisión en recurso suspende la aplicación de la ley con un fundamento contradictorio”.

“Ello es así porque para la adopción de esta medida el a quo sostiene que la ley contiene una definición amplia, imprecisa y, por lo tanto, ‘crea un estado de intranquilidad e incertidumbre para los representantes de las empresas actoras’. Sin embargo, la medida cautelar, al suspender algunos de los artículos señalados, neutraliza los procedimientos establecidos por la propia ley para generar la precisión que requiere el peticionante”, agrega.

En efecto, indica la Corte, “el artículo 2º de la ley define el concepto de glaciar y ambiente periglaciar, estableciendo luego la forma de individualizarlos a través de la realización de un inventario. Una vez que se haya llevado a cabo el inventario de glaciares, se conocerán con exactitud las áreas que se encuentran protegidas por la ley”.

Por otro lado, el tribunal dijo que no se advierte cuáles son los “efectos irreparables” en los intereses de las empresas que advirtió el juez para suspender la aplicación de un régimen jurídico que busca preservar a los glaciares y al ambiente periglacial, como reserva estratégica de recursos hídricos para el consumo humano, para la agricultura y como proveedores de agua para la recarga de cuencas hidrográficas.

En ese marco, la Corte advirtió que “los jueces deben valorar de forma equilibrada los hechos del caso, así como las normas y principios jurídicos en juego, y resolver las tensiones entre ellos mediante una ponderación adecuada, que logre obtener una realización lo más completa posible de las reglas y principios fundamentales del derecho, en el grado y jerarquía en que éstos son valorados por el ordenamiento jurídico”.

“A la luz de los principios señalados, la medida precautoria dispuesta por el a quo no aparece como un remedio proporcionado a la naturaleza y relevancia de la hipotética ilegitimidad que se denuncia. Ello es así, no sólo por la falta de adecuación entre la violación constitucional alegada y las consecuencias de la medida dispuesta, sino también porque, en la tarea de ponderación, el juez debió haber tenido en cuenta que una cautelar que suspende la vigencia de la parte esencial de la ley 26.639 tiene una significativa incidencia sobre el principio constitucional de división de poderes, por lo que su procedencia, debió ser evaluada con criterios especialmente estrictos que no parecen haber sido considerados en el sub lite”, concluyó.

Fuente:
http://www.cij.gov.ar/nota-9417-La-Corte-Suprema-de-Justicia-revoco-las-cautelares-que-frenaban-la-aplicacion-de-la-Ley-de-Glaciares.html

1686

    





Destrucción de fuentes de agua / Minería a gran escala / Glaciares / Minería transfronteriza / Pascua-Lama /

Argentina - Destrucción de fuentes de agua

Senado de Argentina cede al lobby minero y reforma la Ley de Glaciares (26/02/2026)

Sostienen que la exploración de litio en la Salina El Leoncito produjo daños irreversibles (26/07/2023)

“Como los árboles que mueren de pié” sigue el acampe en Choya contra la minera Agua Rica (07/06/2022)

En defensa del agua y el cerro, se multiplican los rechazos al proyecto minero MARA en Catamarca (27/04/2022)

Antofagasta de la Sierra y el saqueo de litio (10/02/2022)

Litio en Catamarca: un peligro para las lagunas altoandinas y la producción local (10/06/2021)

Presentan informe sobre los impactos de la minería de litio en Lagunas Altoandinas de Catamarca (06/04/2021)

El peligro de la actividad minera sobre glaciares argentinos (16/11/2016)

Así quedaron los glaciares que Barrick Gold destruyó para sus instalaciones y caminos en Veladero y Pascua Lama (30/09/2016)

Denuncian que un glaciar contaminado por Barrick Gold quedará afuera del inventario que presentará el Gobierno (25/08/2016)

Destrucción de fuentes de agua

Hasta el 1 de julio: participa y presenta observaciones contra el megaproyecto de ampliación de Minera El Abra. Chile (29/06/2026)

A días del cierre de la consulta ciudadana, crecen las críticas a la expansión de Minera El Abra. Chile (29/06/2026)

Comunidad indígena lickanantay lleva a tribunales proyecto minero que pondría en riesgo fuentes de agua del salar de Tara. Chile (19/06/2026)

China expande su dominio de litio en Latinoamérica a costa de ecosistemas sin agua. China (14/05/2026)

Calama: Tribunal admite querella por daño ambiental en Salar de Ascotán, tras denuncia de comunidad indígena. Chile (23/04/2026)

Comunidades solicitan participacion ciudadana en evaluacion de proyecto de Codelco en Salar de Maricunga. Chile (31/03/2026)

Movimiento indígena pide declarar emergencia ambiental en Ecuador. Ecuador (04/02/2026)

Documental sobre el litio abrió conversación sobre conflictos y alternativas en región de Atacama. Chile (28/01/2026)

“Se requiere un debate regional profundo”: Lucio Cuenca, en el estreno del documental La Fiebre del Litio. Chile (24/01/2026)

Minería a gran escala

Concesiones mineras en Concepción abarcan Tribunales, el Mercado y Plaza Perú. Chile (09/07/2026)

Isla Santa María tiene casi 2.000 hectáreas de concesiones mineras a nombre de Madesal. Chile (06/07/2026)

Solidaridad y respaldo internacional a las comunidades de Las Naves, San Luis de Pambil y Zapotal y la CEDHU. Ecuador (04/07/2026)

Concesiones mineras en Chiguayante abarcan más de 600 hectáreas bajo sectores urbanos. Chile (02/07/2026)

“La minería verde es un relato; el extractivismo sigue siendo el mismo”. Internacional (02/07/2026)

Hasta el 1 de julio: participa y presenta observaciones contra el megaproyecto de ampliación de Minera El Abra. Chile (29/06/2026)

Comunidad indígena lickanantay lleva a tribunales proyecto minero que pondría en riesgo fuentes de agua del salar de Tara. Chile (19/06/2026)

Voces del Loa: reconstruir la memoria para desafiar las narrativas de la transición minera. Chile (15/06/2026)

Comunidades anuncian ofensiva legal y movilización tras aprobación de minera de tierras raras por gobierno de Kast. Chile (09/06/2026)

Alertan que expansión de Minera El Abra amenaza patrimonio arqueológico y ecosistemas del desierto. Chile (09/06/2026)


Ver más:
Destrucción de fuentes de agua / Minería a gran escala / Glaciares / Minería transfronteriza / Pascua-Lama /