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- Costa Rica:

21 de Agosto de 2014

Costa Rica señala falta de competencia del CIADI para tratar caso Infinito Gold


El Estado de Costa Rica cuestionó ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), del Banco Mundial, que ese órgano no tiene competencia para resolver una demanda millonaria de la transnacional Infinito Gold.

- La empresa canadiense Infinito Gold presentó la demanda en febrero anterior, contra Costa Rica por el fallido proyecto de minería a cielo abierto en Cutris de San Carlos.

En la Región Huetar Norte, a tres kilómetros del río San Juan, fronterizo con Nicaragua, Infinito Gold pretendía construir una mina, pero los tribunales de justicia de Costa Rica anularon la concesión, los permisos y un decreto ilegal, firmado por el ex presidente Oscar Arias, que declaraba de interés público y conveniencia nacional dicho proyecto.

El ministro de Comercio Exterior (Comex), Alexander Mora, informó que ante la respuesta costarricense a la demanda de Infinito Gold, el CIADI procedió a crear un Tribunal Arbitral, que definirá si el organismo adscrito al Banco Mundial es o no competente para llevar el litigio.

El caso, que lleva el número ARB/14/5, se encuentra en la conformación del Tribunal Arbitral, que estará integrado por la francesa Brigitte Stern que será la árbitra para Costa Rica y el belga Bernard Hanotiau, será quien represente a la transnacional Infinito Gold.

Mora explicó que el Estado no puede rechazar el arbitraje desde un inicio y “lo que corresponde es cuestionar la competencia del CIADI y presentar los alegatos correspondientes”.

De acuerdo con Infinito Gold, se pretende obtener una compensación de $94 millones por la inversión realizada en el proyecto Crucitas desde 1993, más el pago de intereses y costas legales, en febrero de 2014.

Rechazo ambientalista

Entre tanto, el dirigente ambientalista y legislador por el Partido Frente Amplio, Edgardo Araya, aseguró que “El Estado no debe ir arbitraje internacional por caso Crucitas”.

Araya sostiene que el caso ante el CIADI se realizaría en condiciones totalmente desfavorables para Costa Rica.

Araya considera que el arbitraje es improcedente y lesivo para el interés público y los derechos de la población costarricense y el Estado cuenta con una serie de razones para negar su consentimiento, de conformidad con la Constitución Política costarricense.

En primer lugar, Araya señala que el mismo texto del Tratado Bilateral de Inversiones, suscrito entre nuestro país y Canadá, establece que los arbitrajes sólo proceden en los casos en que “ningún tribunal costarricense haya emitido un fallo relativo a la medida que se alega contraviene este Acuerdo” (Inciso 3, artículo XII).

“Esta condición es categórica, pues en el caso de Crucitas existe una sentencia en firme del Tribunal Contencioso Administrativo, la cual fue confirmada por la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia. De acuerdo con esta sentencia, tanto el Estado como la empresa incurrieron en graves violaciones a la legislación ambiental del país, al tiempo que lesionaban el derecho fundamental tutelado en el Artículo 50 de la Constitución Política”, afirmó el legislador.

Araya también destacó que Costa Rica puede rehusarse al arbitraje. “No pueden existir arbitrajes obligatorios. Interpretar lo contrario supondría desnaturalizar la figura del arbitraje, que es de por sí, facultativo. Así es como lo ha interpretado la Sala Constitucional de nuestro país”, aclaró.

De consentir el arbitraje en el caso Crucitas, Costa Rica aceptaría un arbitraje internacional “Inversionista-Estado”, en el cual los árbitros que resolverán las diferencias serían nombrados de acuerdo con las reglas del Convenio del CIADI.

El convenio establece que si no hay acuerdo entre las Partes sobre la cantidad de árbitros y sus nombres, se designará un tribunal integrado por tres personas: una nombrada por Estado costarricense, otra nombrada por la empresa trasnacional Infinito Gold y la tercera nombrada por el Presidente del CIADI que es el Presidente del Banco Mundial.

“Pasaríamos de un proceso judicial contencioso donde el asunto fue conocido por jueces de carrera del Poder Judicial -conocedores de la legislación costarricense y los principios constitucionales sobre la protección del ambiente- a un tribunal integrado por abogados de corporaciones trasnacionales, donde Infinito Gold y el Presidente del Banco Mundial nombrarán a dos de sus tres integrantes”, dijo Araya quien finalizó apuntando que existen los argumentos de constitucionalidad, oportunidad y conveniencia suficientes para declinar válidamente nuestra participación en dicho arbitraje.

Fuente:
http://elpais.cr/frontend/noticia_detalle/1/94611

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