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- Chile:
Esto basado en lo dictaminado por la Corte Suprema y Contraloría

16 de Octubre de 2015

Catemu, LlayLlay, La Cruz y Calera deben ser declaradas zonas saturadas


El 15 de Octubre llegó formalmente a los denunciantes la notificación del cúmplase de sentencia del Tribunal Ambiental 22-2014 (causa acumulada con la nuestra R25-2014) que acogió demanda ciudadana para eliminar el DS20 ( Dejaba sin limite anual de MP10 por revisión deficiente de norma MP10), la cual fue sujeta a un recurso de casación por parte del Ministerio de Medio Ambiente, el que no fue acogido por Corte Suprema .

Esto tiene fuerte implicancia en las declaraciones de zonas saturadas por parte del MMA, en especial el dictamen N° 74583/2014 de Contraloría que señalaba que Catemu, LLay-Llay, La Cruz y la Calera deben tener esa condición por exceder límite anual de MP10, lo cual no se ha cumplido a la fecha.

El argumento del Ministerio fue expresado en el siguiente extracto del Dictamen:

“Requerido su informe, el Ministerio del Medio Ambiente manifiesta que el estudio a que se refiere el recurrente fue formulado sobre la base de la norma anual de MP10, la cual perderá su vigencia el 1° de enero de 2017, por disponerlo así el aludido decreto N° 20 y que, por ende, habría sido inoportuno e ineficiente iniciar un procedimiento destinado a la declaración de saturación con fundamento en ella. ”
Estos argumentos fueron descartados por Contraloría y ahora con el fallo de la Corte Suprema el Decreto Nº 20 fue anulado, manteniéndose vigente el límite anual de MP10 (50ug/m3).

Según Andrés León de Org.Dunas de Ritoque “El Ministerio de Medio Ambiente al perder el recurso de Casación de MP10 está obligado a declarar como zonas saturadas a Catemu, LLay-Llay, La Cruz y la Calera por sobrepasar el límite anual de Material Particulado (MP10) con ello se debe resguardar a estas comunas y asignar los recursos correspondientes para el cuidado de la vida y el medio ambiente.

Esto explica el por qué el Ministro de Medio Ambiente fue de casación a la Corte Suprema, lo hizo en contra del compromiso de campaña de Bachelet de restablecer esta normativa de PM10 anual, pero además lo hizo en contra de un fallo categórico del Tribunal Ambiental de Santiago. ¿A quien estaba protegiendo en este caso?, a la fundición de Anglo American Sur, empresa que ahora es socia de Codelco en Los Bronces, o sea también a Codelco.

Dunas de Ritoque

Fuente:
https://www.facebook.com/DunasDeRitoque

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