BUSCAR en www.olca.cl


- Chile:

21 de Noviembre de 2024

La CIDH declaró a Chile responsable por violaciones a derechos humanos en proceso penal contra 135 personas del Pueblo Mapuche entre 1989 y 1992



(corteidh.or.cr) - En la Sentencia del Caso Huilcamán Paillama y otros Vs. Chile, notificada hoy, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) declaró a la República de Chile responsable internacionalmente por las violaciones a derechos humanos cometidas con ocasión del proceso penal contra 135 personas integrantes del Pueblo indígena Mapuche, en el contexto de las acciones emprendidas por la organización Consejo de Todas las Tierras en el periodo 1989- 1992, con el objeto de exigir la reivindicación de sus derechos.

El resumen oficial y el texto íntegro de la Sentencia pueden consultarse aquí

En la Sentencia la Corte aceptó y valoró el reconocimiento parcial de responsabilidad efectuado por la República de Chile

Entre otras violaciones, la Corte Interamericana determinó que la actuación del ministro en visita extraordinaria (autoridad judicial designada por la Corte Suprema chilena para conocer del proceso penal), que formuló la acusación y dictó la sentencia de primera instancia, estuvo guiada por un sesgo discriminatorio, prejuicios y la idea preconcebida acerca del carácter ilegítimo e ilegal de la organización Consejo de Todas las Tierras. Asimismo, en el trámite del proceso y en la sentencia fueron inobservadas distintas garantías judiciales, a saber: a) se prohibió la divulgación por cualquier medio de difusión de la información concerniente a la causa penal; b) no se proveyó de traductor o intérprete a una de las personas acusadas, quien no hablaba español, idioma en el que se desarrolló la causa; c) la sentencia omitió pronunciarse sobre la situación jurídica de seis personas que habían sido acusadas; d) dos personas no incluidas en la acusación fueron condenadas; e) se aplicó el tipo penal de asociación ilícita, cuya regulación vigente en la época de los hechos no definía con claridad y precisión la conducta penalmente reprochada; f) al condenar a una persona por el delito de hurto se aplicó una norma legal que presume la autoría del ilícito por el hecho de estar en posesión del objeto que se imputa como hurtado, y g) la sentencia condenatoria incluyó una valoración incompleta y subjetiva de la prueba, careciendo de una motivación que racionalmente demostrara la convicción judicial sobre la responsabilidad de las personas acusadas.

El Tribunal también estableció que el proceso penal configuró la criminalización de los actos de protesta social pacífica emprendidos por las víctimas en su objetivo de demandar y exigir soluciones a los reclamos permanentes relacionados con la problemática agraria que ha afectado al Pueblo Mapuche.

En consecuencia, la Corte declaró que Chile vulneró los siguientes derechos: a) en perjuicio de las 135 víctimas incluidas en el Anexo 1 de la Sentencia, los derechos a ser juzgado por un tribunal imparcial, a contar con decisiones judiciales debidamente motivadas, a la presunción de inocencia, a la publicidad del proceso, la libertad de pensamiento y de expresión, el derecho de reunión, la libertad de asociación, el derecho a la igualdad y no discriminación, y el derecho a la libre determinación de los pueblos indígenas y tribales; b) en perjuicio de Nelson Rolando Catripán Aucapán, Ceferino Oscar Huenchuñir Nahuelpi, Werneher Alfonso Curín Llanquinao, Víctor Manuel Reimán Cheuque, Orosman Ernesto Cayupán Huenchuñir y Lorenzo del Carmen Reimán Muñoz, los derechos a ser oído en un plazo razonable, a la seguridad jurídica que debe derivar del proceso y a la protección judicial; c) en perjuicio de (506) 2527-1600 www.corteidh.or.cr corteidh@corteidh.or.cr Avenida 10, Calles 45 y 47 Los Yoses, San Pedro, San José, Costa Rica. Juan Bautista García Catrimán y Juan Humberto Traipe Llancapán, los derechos a ser oído con las debidas garantías, a la comunicación previa y detallada de la acusación formulada, a la concesión del tiempo y de los medios adecuados para la preparación de la defensa, y a la protección judicial; d) en perjuicio de Juana Santander Quilán, los derechos a ser asistida por un traductor o intérprete si no se comprende o habla el idioma del juzgado o tribunal, y a la protección judicial; e) en perjuicio de Aucan Huilcamán Paillama, Ernesto Gerónimo Huenchulaf Cayuqueo, Erwin Llancao Huenchual y María Luisa Ladino Alian, el principio de legalidad, y f) en perjuicio de Hugo Genaro Catrinao Reimán, el derecho a la presunción de inocencia y el principio de legalidad. En tal sentido, el Estado violó los artículos 8.1, 8.2, 8.2.a), 8.2.b), 8.2.c), 8.5, 9, 13.1, 13.2, 15, 16.1, 16.2, 24, 25.1 y 26 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (en adelante “Convención”), en relación con las obligaciones de respetar y garantizar los derechos que establece el artículo 1.1 del mismo instrumento internacional. Asimismo, el Estado violó, respectivamente, los artículos 8.2 y 9 de la Convención, por la aplicación del tipo de asociación ilícita y de una norma penal que presume la autoría del imputado, en relación con la obligación de adoptar disposiciones de derecho interno que establece el artículo 2 de dicho tratado.

Por motivo de estas violaciones, la Corte ordenó al Estado implementar distintas medidas de reparación, entre ellas: (i) adoptar los mecanismos necesarios para dejar sin efecto la sentencia condenatoria, si las víctimas o sus familiares así lo requieren; a la vez que deberá eliminar de los registros públicos los antecedentes penales, policiales y cualquier otro que, a la fecha, se encuentren consignados con relación a la causa penal objeto del proceso internacional; (ii) proceder a la adecuación normativa del artículo 454 del Código Penal, cuya regulación presume como autor del delito (hurto o robo) a quien tenga en su poder el respectivo bien, en el sentido de suprimir la presunción legal, y (iii) continuar implementando planes de capacitación con el fin de erradicar el uso discriminatorio del Derecho Penal con base en el origen étnico de las personas, los que deberán ser permanentes y dirigirse a los funcionarios del Poder Judicial y del Ministerio Público o Fiscalía.

La Jueza Nancy Hernández López y el Juez Humberto Antonio Sierra Porto dieron a conocer sus votos parcialmente disidentes. El Juez Rodrigo Mudrovitsch y el Juez Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot dieron a conocer su voto conjunto concurrente y parcialmente disidente.
________

La composición de la Corte para la emisión de la presente Sentencia fue la siguiente: Jueza Nancy Hernández López, Presidenta (Costa Rica); Juez Rodrigo Mudrovitsch, Vicepresidente (Brasil); Juez Humberto Antonio Sierra Porto (Colombia), Juez Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot (México), Juez Ricardo C. Pérez Manrique (Uruguay) y Jueza Verónica Gómez (Argentina). La Jueza Patricia Pérez Goldberg, de nacionalidad chilena, no participó en la tramitación del presente caso ni en la deliberación y firma de la Sentencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 19.1 y 19.2 del Reglamento de la Corte.
________

El presente comunicado fue redactado por la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, por lo que es de responsabilidad exclusiva de la misma.

Fuente:
https://www.corteidh.or.cr/docs/comunicados/cp_75_2024.pdf

51

    





Derechos humanos / Pueblos originarios / Convenios internacionales / Criminalización de la protesta /

Chile - Derechos humanos

Frente a actos de amedrentamiento en seminario sobre “Trabajo forzado y explotación laboral en la industria del salmón” (07/11/2024)

Exigen al gobierno de Dinamarca la liberación de Paul Watson, rechazando su injusta extradición (22/10/2024)

Organizaciones socioambientales demandan libertad de Paul Watson en Embajada de Japón en Chile (03/10/2024)

La campaña millonaria de la CIA contra Salvador Allende (11/09/2024)

En la previa de fiestas patrias aprueba la Cámara Tratado Chile-Unión Europea - Una radiografía de las votaciones (04/09/2024)

No más saqueo colonial (25/08/2024)

Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos apunta a cuestionado trato directo: “Es inaceptable que se hagan negocios en torno a la búsqueda” (13/08/2024)

Pese a estar en su contrato: Jacqueline van Rysselberghe no entregó informes de pericias durante sus dos meses de trabajo en el SML (25/06/2024)

Emilio Araneda, hijo de uno de los obreros ejecutados en Matanza Laja San Rosendo sobre el episodio Van Rysselberghe: “era predecible que ocurriera y terminó por revictimizarnos” (08/06/2024)

Derechos humanos

La Corte Penal Internacional ordena el arresto de Benjamín Netanyahu por crímenes de guerra y de lesa humanidad. Palestina (21/11/2024)

Pronunciamiento del Foro Social frente a la APEC. Internacional (14/11/2024)

La ofensiva de Israel en Gaza es consistente con un genocidio, dice comité de derechos humanos de la ONU. Palestina (14/11/2024)

Oficina de Derechos Humanos de la ONU advierte graves violaciones de Israel en Gaza. Palestina (08/11/2024)

Gaza sin atención médica y los heridos mueren en las calles. Palestina (07/11/2024)

Israel lanzó 85.000 toneladas de bombas en Gaza en un año: Cantidad superior a las arrojadas en la Segunda Guerra Mundial. Palestina (06/11/2024)

Asesinan en Oaxaca a las hermanas Adriana y Virginia, indígenas triquis. México (06/11/2024)

“El genocidio de Gaza es una tragedia anunciada”, asegura la relatora especial de la ONU para los derechos humanos en el Territorio Palestino Ocupado. Palestina (30/10/2024)

Pueblos originarios

Asesinan en Oaxaca a las hermanas Adriana y Virginia, indígenas triquis. México (06/11/2024)

Grupos ecologistas e indígenas presentan demanda contra aprobación de mina de litio por violar la Ley de Especies en Peligro de Extinción. Estados Unidos (31/10/2024)

Exigen prohibir árboles transgénicos. Internacional (29/10/2024)

Afectados en desastre ecológico de Mariana exigen a la minera BHP que “pague” por sus pérdidas. Brasil (21/10/2024)

Desaparece abogada y defensora mixe de derechos humanos que denunció a funcionarios abusadores en Oaxaca. México (09/10/2024)

“Planes de Muerte”: Líder mapuche denuncia en Wall Street la complicidad de empresas en la destrucción de Wallmapu. Argentina (28/09/2024)

Convenios internacionales

“Fracasó la agenda para movilizar recursos”: COP16 no logra financiamiento para restaurar la naturaleza. Internacional (16/11/2024)

Pronunciamiento del Foro Social frente a la APEC. Internacional (14/11/2024)

La negociaciones de cambio climático podrían socavar la precaución ante la geoingeniería exigida por la Convención sobre la Biodiversidad. Internacional (11/11/2024)

“El genocidio de Gaza es una tragedia anunciada”, asegura la relatora especial de la ONU para los derechos humanos en el Territorio Palestino Ocupado. Palestina (30/10/2024)

El derecho internacional obliga a Israel pero también al resto de Estados a poner fin a la ocupación. Palestina (18/10/2024)


Ver más:
Derechos humanos / Pueblos originarios / Convenios internacionales / Criminalización de la protesta /