Plantas de celulosa en Uruguay

Papeleras en Brasil - Misiones (Argentina) - Conflictos ambientales en Argentina
Chile: Arauco - Constitución - Río Cruces - Río Itata - Río Mataquito

Fuente: www.pagina12.com.ar , 5 de marzo de 2006

Cómo tener la pelota bien atada
EL USURERO PACTO BINACIONAL QUE LA PAPELERA BOTNIA LE IMPUSO A URUGUAY

Por Laura Vales

Para una joya legal del menemismo: Uruguay tiene que indemnizar a la empresa hasta si le hacen una manifestación en la puerta. El Acuerdo con Finlandia fue impuesto en 2003 con la dura oposición del Frente Amplio.

Supongamos que las papeleras que se construyen en Fray Bentos comienzan a funcionar. Pasa el tiempo, un día ocurre un problema de contaminación. Los vecinos de Fray Bentos protestan. Y sus acciones –cortes de ruta que bloquean la entrada de camiones a las plantas, por ejemplo– perjudican a las empresas. La situación es nada más que una conjetura, pero ya está prevista y sus consecuencias, férreamente pautadas: el Estado uruguayo se verá obligado a indemnizar a las plantas de celulosa por sus pérdidas, aunque sean culpables de afectar el ambiente. Así lo establece el Acuerdo de Protección de Inversiones que Uruguay firmó con Finlandia, en cuyo artículo 6 se lee, sin maquillaje: “Los inversores que sufran pérdidas” por “revueltas, insurrecciones o manifestaciones” serán indemnizados “en efectivo, en moneda de libre conversión e inmediatamente transferible”, con una cifra que se calculará según el criterio “que resulte más favorable” a los dueños de las empresas.

Botnia, la compañía finlandesa que levanta del otro lado del río la megaplanta de procesamiento de pulpa de madera, impuso el acuerdo entre los dos países como condición para instalarse en territorio uruguayo.

Fue en el año 2002, durante la presidencia de Jorge Batlle, antes de que la empresa iniciara las obras de construcción. Es una paradoja que la imposición fuera conocida por la actitud del Frente Amplio, que se opuso a su firma. La coalición que poco tiempo después llevaría al gobierno a Tabaré Vázquez argumentó entonces, con razones ahora borradas de su discurso, sobre los riesgos de este instrumento legal que dejó a los uruguayos en una posición muy débil para intervenir en lo que las papeleras hagan en su territorio.

El acuerdo fue suscrito el 21 de marzo de 2002, en Montevideo, entre el Poder Ejecutivo de Uruguay y el de Finlandia. El Senado lo aprobó el 15 de octubre siguiente y la Cámara de Representantes, el 4 de mayo de 2004. Votaron a favor las bancadas del Partido Nacional, el Colorado y el Independiente. Se opusieron todos los legisladores de Encuentro Progresista-Frente Amplio. El debate quedó asentado en versión taquigráfica.

En las formas, es un convenio para la protección de las inversiones de cada país en el otro, en un tono de reciprocidad. Pero su aprobación fue una exigencia de Botnia. En la discusión del Parlamento nadie lo negó. Al contrario. El diputado Pablo Mieres (Independiente) fundamentó así su postura: “He votado afirmativamente porque parece imprescindible que se proceda con la mayor urgencia para la aprobación de esta inversión. ¡Como si Uruguay viviera en un mundo lleno de inversiones! Acá pasamos meses tratando de aprobar este acuerdo que, como todos sabemos, es el marco necesario para una inversión de mil millones de dólares. Lamentamos que no haya sido por unanimidad. Pero bueno, aunque sea con una mayoría ajustada, está la ley y, por lo tanto, estarán las inversiones” (Actas de la Sesión de la Cámara de Representantes del 04-05-04).

Su par Naum Bergstein (batllista) completó el concepto: “En el mundo entero hoy las grandes empresas privadas no hacen inversiones importantes fuera de fronteras si no median previamente estos acuerdos de protección recíproca”, dijo.

Dolores de cabeza



Los artículos más cuestionados del Acuerdo Uruguay-Finlandia fueron el 5, 6 y 9. Ellos norman:

- Que las inversiones no podrán sufrir expropiaciones directas ni indirectas (la figura de “expropiación indirecta” es una novedad).

- Que el Estado deberá indemnizar las pérdidas por manifestaciones o revueltas.

- Que en caso de controversia, las empresas podrán saltearse los juzgados nacionales y llevar el tema a tribunales internacionales, según les parezca. La oposición al Acuerdo fue encabezada por el Frente Amplio. La diputada Raquel Barreiro, según consta en la versión taquigráfica, sintetizó así su rechazo: “Estamos de acuerdo con las inversiones, pero no con cualquier inversión. Las inversiones deben tener en cuenta el cuidado del medio ambiente, el cuidado de la vida digna de los ciudadanos y, en lo posible, el futuro de la vida de nuestros hijos, porque el cuidado del medio ambiente implica dejar un mundo sano y saludable para ellos”.

La legisladora cuestionó que se otorgara a las empresas la facultad de elegir, en caso de diferendos, al tribunal arbitral. “Nosotros siempre nos hemos opuesto a esto, porque el inversor se coloca en un plano superior al del Estado y elige los tribunales (privados) que más le convengan. Se elude la jurisdicción de los tribunales nacionales, con lo que la soberanía descansa muy maltrecha”.

Su compañera de bancada Silvana Charlone se refirió a la expropiación indirecta: “Me gustaría saber (a qué se refiere el convenio) cuando habla de expropiaciones indirectas –cosa que no ha aparecido en otros tratados–. Nosotros pensamos que vamos a ser gobierno y no sé si nuestra futura reforma tributaria puede ser entendida como una expropiación indirecta de la cual más tarde nos vamos a tener que responsabilizar”.

Aquella sesión de aprobación de la ley se hizo cinco meses antes del cambio de gobierno, luego de varios intentos fallidos de sancionarla, cuando los votos del Frente Amplio en el Parlamento estaban en minoría. Tras convertir el acuerdo en ley, el diputado Ricardo Castromán, del Partido Socialista, hizo una lectura a futuro: “Creo que esto le va a traer muchos dolores de cabeza al Estado uruguayo, cualquiera sea la conducción política que a partir de octubre tome los destinos del país”, dijo a Radio El Espectador. El acuerdo “no da muchas salvaguardas: les da todas las salvaguardas”.

“Enclaves extranjeros”



Los especialistas consultados por Página/12 coinciden en que el punto más perjudicial es el que permite a las empresas saltearse la Justicia uruguaya, por la desprotección que eso implica para los ciudadanos. Si una controversia entre las partes no es resuelta de manera amistosa en el término de seis meses, dice el Acuerdo, “la misma, a criterio del inversor”, podrá ser llevada a un tribunal arbitral internacional. El texto pone como opciones la Corte Internacional del Centro para la Solución de Controversias (Icsid) y un cuerpo ad hoc que tome las normas de Naciones Unidas.

También es visto con preocupación el concepto de expropiación indebida. Y un párrafo que establece que “cada Parte Contratante no impedirá, con medidas injustas, o arbitrarias o discriminatorias, la administración de las inversiones”.

¿Qué pasaría en el caso de que el gobierno de Tabaré quisiera, a pedido de la Argentina, modificar el funcionamiento de las plantas papeleras? ¿Podría el convenio impedir la suspensión de las obras por 90 días, como intenta acordar Buenos Aires con Montevideo? No está tan claro. “Pero en principio –señalaron los consultados–, cualquier cambio en las condiciones en las que se pautó inicialmente la inversión puede hacer que las firmas se consideren con derecho a reclamar.”

El Acuerdo fue denunciado por el fiscal uruguayo Enrique Viana en su demanda contra el Ministerio de Vivienda por haber autorizado la instalación de las fábricas. El fiscal apuntó allí un dato agravante: Botnia y Ence tendrán dos zonas francas. “Se constituyen así verdaderos enclaves extranjeros privados: áreas cercadas y aisladas eficientemente”.

Sería un error mirar este acuerdo como algo excepcional, inédito. Porque aunque algunos de sus artículos, como el que anticipa una indemnización si hay manifestaciones, son realmente notables, el convenio debe ser puesto en un contexto más amplio: el de los avances del poder de las empresas transnacionales sobre los países periféricos. Firmados a partir de ladécada del ’90, no sólo Uruguay si no también la Argentina tiene convenios de este estilo. Son una de las nuevas formas de dependencia económica, que subordina las leyes locales e incluso los instrumentos básicos del derecho internacional. En Argentina, en base a un Tratado con Estados Unidos, Azurix busca cobrar 550 millones de dólares por un intento fallido de implementar un sistema privatizado de agua en la provincia de Buenos Aires. En Bolivia, tras la guerra del agua, Bechtel Agua del Tunari denunció al gobierno por el Tratado Países Bajos-Bolivia.

El acuerdo Finlandia-Uruguay es un corsé que limita (por un período de 20 años) las posibilidades de acción del gobierno de Tabaré Vázquez para solucionar el conflicto abierto por las papeleras. Tiene un extenso período de vigencia, de 20 años. Nos guste o no de este lado del río, estará como trasfondo de todas las negociaciones entre Uruguay y Argentina.